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COMPRAVENTA
- Consulta : 129119
- Autor : suj3t0-x_NR
- Publicado : Sábado 29 de Octubre de 2011 01:07 desde la IP: 187.150.61.148
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 29 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Durango
Antes que nada, gracias de antemano por cualquier ayuda que pudieran darme. paso a exponer mi problema:
en el mes de diciembre del año 2006, y por sugerencias de un amigo decidi vender un lote de terreno de 200 m2, por la cantidad de $500,000.00 pesos, y me dijeron que era para levantar casas para vender al infonavit, diciendome el comprador que hicieramos un contrato en el cual se estipulara que se me hiria pagando conforme se vendieran las casas, o en su defecto en el lapso de un año y medio a partir de la firma del contrato se me saldaria toda la cantidad, y por sugerencias de mi supuesto amigo m dijeron que si esperaba que vendieran las casas me darian un poquito mas de dinero, pero que tendria que firmar las escrituras y que no me debia preocupar por que mi dinero estaba seguro, el contrato se firma en el mes de diciembre de 2006, y se inscribe en el registro publico en el 2007 a favor de mi amigo.
el contrato dice en su clausila 4ta, que a falta de pago el contrato se resinde, y que de no realizarce las casas o pagarse el precio convenido en un año y medio el contrato se resinde, ahora desde hace mas de dos años estoy buscando a mi "amigo", para que me pague o me devuelva mi propiedad y simplemente parece que se lo trago la tierra, en el lote que vendi nunca construyeron nada, en el registro publico no aparece la escritura con reserva de dominio a mi favor, a pesar de que la clausula cuarta dice que no se me ha pagado, le pregunte a un licenciado me dice que no se peuede hacer nada, por que el codigo civil, dice que el contrato se puede rescindir solamente despues de un año de falta de pago, y sacando cuentas lo firme en diciembre de 2006, en junio de 2008, fue el plazo para pagarse y no se pago, de ahi me dijo el licenciado que corria el termino de un año, que podia rescindir el contrato por falta de pago hasta el mes de junio de 2009, y que ya no se podia hacer nada, estoy desesperado, por que es un dinero que tenia pensado invertir en el futuro de mis hijos..
les agradeceria que me dijeran que puedo hacer, ya que el registro publico me dice que el predio esta libre de todo gravamen y en favor de mi supuesto amigo, por que se incribio asi, si se habia convenido que se me hiba a pagar cuando construyeran las casas con la vcenta de las mismas, por que el registro publico o notario pasaron por alto eso, que puedo hacer para recuperar mi predio, ya que se me esta causanso un perjuicio al no poder entrar en el para limpiarlo o venderlo, por que el licenciado me dijo que mi derecho expiro en el 2009 , ¿ya no se puede hacer nada?, diganme que puedo hacer o por lo menos una orientacion o esperanza de que si no me pagan que me regresen el patrimonio de mi familia..
de Antemano Gracias por toda la ayuda que pudieran darme
LUIS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 243509
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Octubre de 2011 10:51 2011-10-29 10:51 desde IP: 189.216.179.58
Distinguido Consultante
Difiero de la orientación de su abogado, en cuanto a la extinción de la acción rescisoria del contrato, basada en la falta de pago oportuno, pero me falta información para contestarle al respecto.
Teniendo en cuenta que su “amigo” le adeuda dinero sería lo propio demandarle el pago del adeudo y desde luego tener en cuenta que su “amigo”, puede responder con el terreno materia de esta consulta, por lo que usted tiene acciones que ejercitar en contra del deudor.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 243512
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Octubre de 2011 11:19 2011-10-29 11:19 desde IP: 201.110.213.240
Buenos días:
Coincidimos con el anterior forista en cuanto a que Usted está en tiempo de ejercitar ciertas acciones en contra de su “amigo”.
Sin embargo, para asesorarle debidamente es necesario tener la vista la última escritura del terreno en cuestión y el contrato celebrado entre Usted y su “amigo”.
Es importante que inicie de inmediato la defensa jurídica de su terreno, pues ya han pasado varios años de la inscripción ante el Registro Público.
Esperamos nos pueda enviar la documentación mencionada.
Para una mayor asesoría favor de contactarnos a través de nuestra oficina virtual de este mismo sitio, o bien, a través de nuestro portal electrónico RIVALEGAL en donde encontrara todos nuestros datos.
Atentamente
RIVALEGAL
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