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SUCESION INTESTAMENTARIA Y PODER IRREVOCABLE

  • Consulta : 128947
  • Autor : lupita_lic_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Octubre de 2011 23:59 desde la IP: 189.200.53.62
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,110
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  • Autor
    Consulta

  • lupita_lic_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    mi padre fallecio recientemente, mi señora madre aun vive; el y ella estaban casados por la via civil por separacion de bienes, mi padre tuvo con una señora una hija es decir media hermana mia, con mi madre tuvo 4 hijos, mi padre no hizo testamento y sus bienes quedaron intestados, nosotros sus hijos legitimos denunciamos la sucesion testamentaria y quisimos llevar la fiesta en paz con la media hermana y le otorgamos un poder irrevocable especial en cuanto a su objeto a su favor respecto de ciertos bienes de mi padre, es importante mencionar que solo firmamos ese poder los 4 hijos NO MI SEÑORA MADRE ademas que el juicio sucesorio intestamentario aun no se ha resuelto no hay sentencia de este, actualmente estamos teniendo problemas con la media hermana por que no ha reportado las ganacias de los movimientos que iba a hacer con los bienes de mi padre y estoy segura de que ya no lo hara, mi pregunta es;

    este poder tiene validez si mi madre no firmo? Ya que ella es la esposa legalmente de mi padre y se supone que ella tiene mas derechos que los hijos de mi padre, ademas de que segun me dijeron por ahi otorgamos un poder de algo que no nos pertenecia en lo absoluto y que si a alguien le pertenecia era a mi madre aparte de que no hay sentencia de ningun juez en donde se diga quien es dueño de las cosas, pero la media hermana ya ha hecho tramites y ventas con este poder y hasta ha arrendado a sociedades cosas de mi padre asi que si leesta sirviendo de momento pero COMO PUDIERAMOS DEJAR SIN EFECTO ESTE PODER O NULO? Les recuerdo que es irrevocable y lo hicimos ante notario publico ojala alguien me pudiera ayudar a decirme si existe algo que hacer osi saben si existe algun tipo de jurisprudencia segun me comento un estudiante de derecho que a veces eso ayuda para resolver problemas que no estan bien especificados.

     

    MUCHAS GRACIAS.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 243278

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si en el juicio sucesorio ya se hizo declaración de herederos, debieron quedar los cinco hijos y la cónyuge supérstite como tales en partes iguales, la esposa tiene derecho a un por ciento igual al de los hijos pero no es verdad que tenga mayores derechos. Si no hay declaratoria de herederos efectivamente ese poder no tendría efectos sobre los bienes de la masa hereditaria. Es el albacea el que debe demandar a la media hermana la entrega de los bienes.



  • Autor
    Respuesta No: 243285

  • lic. luis arturo
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    No mencionas en qué momento le otorgaron el poder.

    Es importante el saber quien quedó como albacea.

    ya que como menciona Ochoa,  es el Albacea quien debe solicitar las cuentas de los bienes que comentas.

     

    Me pongo a tus órdenes en GUillermo Valencia # 166-b-altos interior 2

    en la Colonia del ISSSTE en la ciudad de San Luis Potosi.

    tel. 2-79-78-36

     nextel 72*12*26503



  • Autor
    Respuesta No: 243321

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    un poder sobre cosas que no son de ustedes...?... no tienen ningun valor... es mas-... es un acto fraudulento que puede llevarlos ante la ley penal...



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