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DEMANDA DE ABANDONO DE HOGAR

  • Consulta : 126912
  • Autor : aguil_05_NR
  • Publicado : Martes 04 de Octubre de 2011 07:35 desde la IP: 148.223.98.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,112
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  • Autor
    Consulta

  • aguil_05_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Buen dia:

     

    Mi situacion es la siguiente ya tengo 11 meses que mi esposa se fue de la casa de mis papas donde viviamos.

    Lo que pasa es que quiero hacer la demanda de abandono de hogar pero no se donde la tengo que hacer aqui en gdl. A mi esposa no le doy nada de dinero. Tengo un hijo con ella el niño la mayor parte se la pasa en casa de mis padres. y ella solamente lo ve un rato en la tarde y paso por el a casa de sus papas por la noche el niño duerme en casa de mis papas yo todavia estoy viviendo ahi. ya tengo mi casa de Infonavit pero todavia no la tengo para irme a vivir con ella.

     

    Ella dice que me va a quitar a mi hijo pero como ella no tiene un trabajo estable ya que ella trabaja para una agencia de colocacion. y en cambio yo tengo trabajo de planta y estavle ya llevo 4 años trabajando.

     

    Que me recomiendan hacer

     

    saludos.......

     

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  • Autor
    Respuesta No: 240820

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No existen las demandas de abandono de hogar, es solo una causal en caso de q ambos contrayentes vivan aparte de sus padres, en esta situacion estan en calidad de arrimados.

    y tienes q ver cuall es la causa por la cual se fue y ver si pueden regresar o no. para versi su deseo es separarse lo hagan por la via de comun acuerdo o por la necesaria dependiendo.

    la casa o la tienes o no la tienes  todo dependera si es el deseo de ella regresar contigo o no la casa no es problema

    y eso de q te va a quitara su hijo pues en parte es verdad ya q por la edad del menor es ella quien debe tener la guarda y custodiay no depende si trabaja o no .

    y por ultimo end ado caso lo q ud. tiene q hacer es: ir con abogado particular o de oficio para consignar pension alimenticia o puede tener problemas hasta de caracter penal si no lo hace y a la vez promover el juicio de convivencia con el menor o bien si aun llevan buena relacion hagan un convenio para que establezcan la convivencia con el menor y lapension q vas a pasar



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