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CARTA PARA SOLICITUD DE EXPEDIENTE
- Consulta : 126470
- Autor : DIZA
- Publicado : Miércoles 28 de Septiembre de 2011 15:21 desde la IP: 201.162.2.39
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,091
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 28 de Septiembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 240271
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 15:57 2011-09-28 15:57 desde IP: 189.221.218.169
Hola buenas tardes, solicitar un expediente (siempre y cuando seas parte en el juicio) es facil, si solo lo quieres ver, presentate con una identificación al juzgado y lo pides y si lo que quieres son copias puedes hacer un escrito, más o menos así:
Exp. Num. ____________.
______________________
Vs.
______________________
JUICIO DE DIVORCIO ______
C. JUEZ _____ FAMILIAR
DE _____________________ (CIUDAD DONDE SE ENCUENTRA)
P R E S E N T E.
_____________________, de generales ampliamente reconocidas, dentro de los autos del expediente que al rubro se cita, ante usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que en los términos del presente escrito, tomando como fundamento lo que establece el artículo 8 Constitucional, vengo a solicitar se me expidan, a mi costa copias (simples) o (debidamente certificadas) de todo lo actuado dentro del expediente, por asi convenir a mis intereses.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted C. Juez de lo Familiar, atenta y respetuosamente le pido, se sirva:
UNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, solicitando las copias antes descritas.
PROTESTO LO NECESARIO
(lugar y fecha)
nombre y firma.
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Autor
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AutorRespuesta No: 240276
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 16:40 2011-09-28 16:40 desde IP: 201.162.2.39
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Autor
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AutorRespuesta No: 240278
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 16:50 2011-09-28 16:50 desde IP: 201.162.2.39
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Autor
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AutorRespuesta No: 240287
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 17:29 2011-09-28 17:29 desde IP: 189.216.210.234
DIZA
El Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:
Artículo 157.- Copias certificadas y simples.A petición y a costa de parte interesada, el secretario del juzgado o tribunal podrá expedir copias certificadas o copias simples totales o parciales de cualquier expediente judicial. Las copias certificadas se despacharán sin necesidad de citación de parte contraria, pero en todo caso, el juzgador que ordene su expedición podrá mandarlas adicionar con las constancias que estime pertinentes; de su entrega, se asentará razón de recibo en autos. Las copias simples se expedirán sin necesidad de acuerdo, ni constancia de recibo.Si se pide copia de una resolución que haya sido revocada con posterioridad mediante el uso de un recurso o hubiere sido declarada nula, o bien, de otra que hubiere removido de su cargo a un albacea, depositario, interventor o algún auxiliar de la administración de justicia; al expedirse, deberá hacerse constar, de oficio, cualesquiera de estas circunstancias.Saludos. -
Autor
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AutorRespuesta No: 240290
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 17:42 2011-09-28 17:42 desde IP: 189.216.210.234
"...------------, de generales que va ahi ?????..."
Le respondo que donde esta resaltado con amarillo va el nombre del promovente sea el actor o el demandado .
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Autor
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AutorRespuesta No: 240294
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 18:02 2011-09-28 18:02 desde IP: 201.162.2.39
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Autor





