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CAMBIO DE RAZON SOCIAL, NO LIQUIDACION!

  • Consulta : 125668
  • Autor : cecc_82_NR
  • Publicado : Miércoles 21 de Septiembre de 2011 08:47 desde la IP: 207.193.159.1
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,135
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  • Autor
    Consulta

  • cecc_82_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    La compania donde laboro cambiara de razon social, nos bajaran los dias de vacaciones, nos bajaran el aguinaldo, pero nos respetaran la antiguedad, no se si esto es legal, o si es una trampa legal para no darnos liquidacion.

    Alguien me podria asesorar..

     

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  • Autor
    Respuesta No: 239357

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta,le informo.

    No, no es legal que la empresa, valiéndose de el cambio de razón social, modifique unilateralmente las condiciones de trabajo de los trabajadores.

    Con independencia de que ese cambio de razón social sea derivado de una sustitución patronal, o solamente una modificación a la denominación de la empresa, ésta está obligada, en términos delartículo 41, de la Ley Federal del Trabajo, a respetar íntegra y cabalmente los derechos de los trabajadores; en los casos en que ese cambio sea resultado de una sustitución patronal, el patrón sustituido es solidariamente con el sustituto, responsable de los derechos adquiridos por los trabajadores durante seis meses siguientes a la fecha en que se haga del conocimiento de los trabajadores la sustituciín patronal; transcurrido ese plazo, elpatrón sustituto asume todas esas obligaciones, teniéndose en cuenta que en términos del numeral 31, de la propia Ley Laboral, el contrato de trabajo y la relación laboral, obligan a patrón y trabajador a cumplir con sus disposiciones en cuanto sean conformes con la Ley Obrera, la buena fe y la equidad.

    El respeto a la antigüedad de los trabajadores, en los casos de sustitución patronal, conlleva que las prestaciones que estín íntimamente vinculadas a ella (como por ejemplo, las vacaciones, no sufran un decremento en el número de días a que tiene derecho el trabajador).

    Ahora bien, dado que usted no señala si las relaciones de trabajo entre la empresa y ustedes, los trabajadores, se rigen por un contrato colectivo de trabajo pactado entre el patrón y el sindicato titular del mismo, en el que queden estipuladas esas condiciones laborales, o bien, si éstas solamente se hicieron constar en contratos individuales de trabajo, lo que podría suceder, en caso de existir contrato colectivo, es que la empresa, en los tiempos que correspondan a la revisión contractual, pueda pactar con la representación sindical, que a partir de la entrada en vigor delnuevo contrato, se de una reducción en algunas prestaciones que actualmente perciben, lo que en todo caso, si sería válido y legal, a condición que ello no afecte derechos ya adquiridos por los empleados.

    Hágase asistir de un abogado especialista en derecho laboral de su localidad, a fin de que, con mayor información que la que usted proporciona en este foro, pueda darle una orientación más completa.



  • Autor
    Respuesta No: 262402

  • Cristalito
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    buen día. Actualizo, para que alguien más nos pueda abundar información al respecto.gracias



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