- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
URGENTE
- Consulta : 125004
- Autor : slinko_7_NR
- Publicado : Viernes 09 de Septiembre de 2011 14:41 desde la IP: 201.160.62.182
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,139
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 09 de Septiembre de 2011
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 238498
-
Fecha de respuesta: Viernes 09 de Septiembre de 2011 15:40 2011-09-09 15:40 desde IP: 187.158.195.88
Este tipo de información Usted la puede consultar directamente en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guerrero. (Art.8).
Corresponde a Usted hacer el resto de la tarea.
Saludos.
-
Autor





