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INCIDENTE REMOCION DE ALBACEA
- Consulta : 124892
- Autor : herdely13_NR
- Publicado : Jueves 08 de Septiembre de 2011 10:40 desde la IP: 189.144.99.252
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 08 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Hola, mi tio es albacea de la sucesion testamentaria de su padre, cuando hizo la rendicion de cuentas en la tercera seccion su medio hermano no se opuso dentro del termino para hacerlo perdiendo su derecho, por lo que se aprobo dicha seccion, al abrir la cuarta seccion promueve un incidente de remocion de albacea por que dice que no realizo la rendicion de cuantas como lo señala la ley ( cada 2 meses) el inmueble que es la masa hereditaria es una casa donde habita mi tio desde que nacio, no crea ningun usufructo lo cual se manifesto en el inventario y avaluo, por lo que no habia cuentas que rendir, eso quedo estipulado desde la segunda seccion, y no opuso ninguna excepcion, y es el caso que en el incidente de referencia el juez ordena la remocion de albacea, se puede hacer algo al respecto por su atencion gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 238344
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Septiembre de 2011 11:16 2011-09-08 11:16 desde IP: 187.144.164.208
si no no hubo queja... y se realizo en actos contrarios a la ley... la remoción es perfecta... pero debe reunirse nuevamente todos los herederos y nombrar nuevo albacea por votación... tu abogado sabe que hacer...
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Autor
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AutorRespuesta No: 238436
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Septiembre de 2011 20:27 2011-09-08 20:27 desde IP: 189.216.243.108
herdely13
Le respondo que aunque el inmueble NO generara frutos (rentas) si debian rendirse las cuentas de administracion por parte del Albacea dado que el inmueble SI genera gastos como lo son pago de predial, suministro de agua, consumo electrico, mas los gastos de los honorarios del abogado patrono, es decir, para que usted entienda las cuentas de admnistracion comprenden los ingresos y egresos de la sucesion. Y dado que fue omiso el Albacea en cumplir cion esa obligacion inherente al cargo NADA hay que hacer respecto de controvertir la Interlocutoria que lo removio del cargo, por lo que debera rendir la cuenta General de Administracion en el sentido de que NO hubo ingresos solo gastos y para ese efecto debera acompañar todos los comprobantes de pago que haya realizado.
Saludos.
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