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DEMANDA DE PATERNIDAD Y PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 123637
- Autor : Angeles2203
- Publicado : Miércoles 24 de Agosto de 2011 12:04 desde la IP: 200.77.230.76
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 24 de Agosto de 2011
Hola buen día!!
Hace 4 años empecé una relación con un hombre casado, quien sin tratar de justificarme, siempre me manejó mal entendimiento con su esposa y que sólo estaba con ella por sus hijos (tiene 3) al cabo de años y medio de relación quedé embarazada, yo nunca le exigí que me reconociera a nuestro hijo, en un principio el me daba $500.00 quincenales, y ahora tengo que estarlo buscando paa que me pueda ayudar, hoy mi hijo tiene dos años y quiero demandar la paternidad y la pensión alimenticia, ya lo hablé con el para ver si podemos hacerlo en buenos terminos y no he obtenido mas que negativas, el me dijo que hiciera lo que me diera en gana, queno me lo reconoceria y que no vería ni un centavo por parte de el.
No se que tan factible y qué tanto haya en pro o contra de mi situación por lo que agradecería sus comentarios para entablar una acción legal
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 236592
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 12:18 2011-08-24 12:18 desde IP: 189.196.157.168
si demandas la paternidad entonces podras demandar la pensiòn, no veo los contras, en todo caso los pro a favor de tu hijo
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Autor
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AutorRespuesta No: 236602
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 14:15 2011-08-24 14:15 desde IP: 200.77.230.76
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Autor
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AutorRespuesta No: 236603
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 14:16 2011-08-24 14:16 desde IP: 200.77.230.76
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Autor
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AutorRespuesta No: 236614
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 15:24 2011-08-24 15:24 desde IP: 189.225.167.113
todo esto lo debes hacer mediante una demanda ante un juez, asesorada por un abogado y mediante las pruebas necesarias se declara si es o no el padre tu hijo, y con esa sentencia pediras la pension alimenticia, esto lleva tiempo e implica gastos, y si el se niega a acerlo el juez lo obliga.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236615
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 15:27 2011-08-24 15:27 desde IP: 189.217.43.132
Angeles2203
Le respondo una vez que sea el notificado de la demanda debera comparecer el dia y hora que señale el juez para que tenga verificativo el desahogo de la prueba de ADN, en caso de que esta persona no conteste la demanda o bien contestandola se niegue a prcaticarse dicha prueba, se tendra por cierta la paternidad y el Juez ordenara se gire oficio al Registro Civil para que se efectue el resgistro del menor con el apellido del padre. Usted debera cubrir el gasto de la prueba pericial en ADN que tiene un costo desde $6,500.00. En esa misma demanda puede usted solicitar como prestacion se fije una pension alimenticia para el menor, dado que esta procedera una vez acreditada la paternidad con el demandado.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236628
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 16:07 2011-08-24 16:07 desde IP: 200.33.74.37
Si demandas el reconocimiento de paternidad se solicitara una prueba de ADN, con eso se demuestra la paternidad, en caso de que no quiera proporcionar la muestra se presume que esta aceptando la paternidad y el juez asi lo decretara. Despues de este juicio debes solicitar la "pension alimenticia" para tu hijo, la cual correra a partir de que el juez dicto sentencia en el que se reconoce la paternidad.
Todos los gastos corren por tu cuenta respecto al juicio de paternidad, la prueba en el DF esta aprox en $8500 pesos.
Ojo: al demandar la paternidad y ser reconocida el padre tendra OBLIGACIONES pero tambien DERECHOS, es decir dara el dinero para la manutencion pero tambien podra verlo, quedarse con el los fines de semana y vacaciones, etc. Consideralo por que despues en varias consultas en este foro se lee que quieren "quitarle el apellido a su hijo, por que el padre es de x o z manera y situaciones por el estilo".
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Autor
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AutorRespuesta No: 236638
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 16:29 2011-08-24 16:29 desde IP: 189.217.43.132
Para la obtencion de una pension alimenticia, No es imperativo que primera deba demandarse en Juicio de la Filiacion el Reconocimiento de Paternidad y a la Sentencia de este posteriormente en juicio de alimentos haya que demandarse la Pension, dado que desde la demanda de reconocimento de paternidad como prestacion subsidiaria se puede demandar se fije una pension alimenticia para el menor, esta como resultado de la procedencia de la primera prestacion.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236639
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 16:29 2011-08-24 16:29 desde IP: 189.217.43.132
Para la obtencion de una pension alimenticia, No es imperativo que primera deba demandarse en Juicio de la Filiacion el Reconocimiento de Paternidad y a la Sentencia de este posteriormente en juicio de alimentos haya que demandarse la Pension, dado que desde la demanda de reconocimento de paternidad como prestacion subsidiaria se puede demandar se fije una pension alimenticia para el menor, esta como resultado de la procedencia de la primera prestacion.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236649
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 16:46 2011-08-24 16:46 desde IP: 189.135.124.97
TE RECOMIENDO POR EL BIEN DE TU HIJO QUE DEMANDES EL RECONOCIMIENTO DE HIJO Y LA PENSION ALIMENTICIA PARA QUE EN UN FUTURO TENGA UNA SEGURIDA EN SU VIDA Y EL PADRE DE TU HIJO CUMPLA CON SU OBLIGACION CON ELMENOR Y NO CONTIGO, SIN EMBARGO TU PUEDES ADMINISTRAR ESA PENSION ALIMENICIA, SI TE INTERESA MIS SERVICIOS ME PONGO A TU DISPOSICIÓN EN LOS SIGUIENTES TELEFONOS 55128683 Y 5535699823
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