Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

BENEFICIARIOS CUENTAS BANCARIAS

  • Consulta : 123109
  • Autor : Nullam
  • Publicado : Jueves 18 de Agosto de 2011 10:41 desde la IP: 189.182.114.50
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,136
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Nullam
    USUARIO REGISTRADO

    Que sucede si el banco otorga los fondos de una cuenta bancaria a los beneficiarios y resulta que existe un testamneto donde los beneficiarios son parte de los herederos pero con menor porcentajes, se puede demandar al banco por entregar los fondos, algun procedimiento judicial contra el banco, ya que los beneficiarios se dicen ser unicos  y el legado del testamento queda sin efectos

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 235895

  • FRANCISCOANGEL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    La ley de Instituciones de Crédito en su siguiente artículo indica:

     

    Artículo 56.-El titular de las operaciones a que se refieren las fracciones I y II del artículo 46 de esta Ley, así como de depósitos bancarios en administración de títulos o valores a cargo de instituciones de crédito, deberá designar beneficiarios y podrá en cualquier tiempo sustituirlos, así como modificar, en su caso, la proporción correspondiente a cada uno de ellos.

    En caso de fallecimiento del titular, la institución de crédito entregará el importe correspondiente a quienes el propio titular hubiese designado, expresamente y por escrito, como beneficiarios, en la proporción estipulada para cada uno de ellos.

    Si no existieren beneficiarios, el importe deberá entregarse en los términos previstos en la legislación común.

    Artículo reformado DOF 23-03-2009

     

    Atentamente



  • Autor
    Respuesta No: 235969

  • Nullam
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias por su respuesta, si tengo conocimiento de la reforma del articulo 56 de la L I C, y es por ello que la institucion bancaria libero los fondos a los beneficiarios, existira algun medio judicial que obligue a los beneficiarios a regresar el dinero a la masa hereditaria o cuando se nombre alabacea y rinda su informe solo hara mencion que la cuenta ya no existe y por ende no existe dinero.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión