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SE PUEDE PROCEDER BAJO ESTAS CIRCUNSTANCIAS ALGUNA DEMANDA X ARRENDAMIENTO??

  • Consulta : 122892
  • Autor : alesmile_0312_NR
  • Publicado : Martes 16 de Agosto de 2011 00:05 desde la IP: 200.39.21.39
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • alesmile_0312_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola Buenas Noches

    Espero me puedan ayudar, necesito asesoramiento para ver si procede una demanda de un contato de arrendamiento.

    Les explico, en Marzo el 27 de Marzo, se le entrego a la señora que nos rentaba un departamento el deposito y el 1° de abril se le entego la primer renta que corre, le entregaron a mi papa un contrato de arrendamiento, con unas clausulas que se nos hicieron disparadas, como 1 año forsozo, incremento del 15% de la renta, el deposito se regresaba despues de 45 días y yo no recuerdo, pero segun dicen que no se podia pagar la renta por dias o quincenas, que aunque se viviera 1 día se tiene que pagar el mes completo, se firmo el contrato a nombre de mi papa, y el aval seria mi tia a lo cual ya se habia tardado bastante tiempo en firmar, y la señora le comento a mi mama que ella lo firmara por aval, así que no coinciden los nombres.

    Solo duramos 3 meses, la renta se vencio el 31 de julio, a lo cual nos robaron el coche y logicamente los gastos se elevaron con el seguro y deducible, nosotros unicamente vivimos hasta el día 15 de agosto, osea hoy, hoy mismo vimos a la señora y mi mama le comento que esas diferencias de dinero las cobrara del deposito y la señora dijo que no se podia que bien claro decia en el contrato y todavia nos dijeron que estaba hecho por un licenciado, se le comento que hiciera efectivo el contrato a lo cual no contesto nada asi mismo, los recibos de arrendamiento, son formatos que se encuentran en la papeleria.

    Quisiera saber que tanto puede proceder todo esto.

    GRACIAS!!!!

    ALEJANDRA

     

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  • Autor
    Respuesta No: 235598

  • 098nairda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DIA.

    EL CONTRATO ERA POR UN AÑO, SIN EMBARGO, TERMINO MUCHO ANTES, ESTO ES SE CONCLUYO ANTICIPADAMENTE.

    MI PREGUNTA ES, ¿CUMPLIERON CON TODAS LAS RENTAS, O CUANTAS QUEDARON A DEBER?

    Y POR CUANTO AL FIADOR, PUES COMO LA FIRMA DE TU TIA NO ES, YA QUE FIRMO TU MAMA, ENTONCES NO HAY FIADOR.

    POR OTRO LADO, SI LA SEÑORA NO LES QUIERE CONTAR COMO RENTA EL DEPOSITO, A MI ME PARECE QUE O LA SEÑORA NO HA DADO POR CONCLUIDO EL CONTRATO O SIMPLEMENTE SE QUIERE QUEDAR CON SU DEPOSITO.

    MÁS SIN EMBARGO, PARA QUE LA SEÑORA DEMANDE A TU PAPÁ, NECESITARIA SABER ELLA EL NUEVO DOMICILIO DE USTEDES O EN SU CASO EL LUGAR DE TRABAJO DE TU PAPA, ES DECIR, NECESITA UN DOMICILIO DONDE EMPLAZAR A TU PAPA A DEMANDA POR EL ARRENDAMIENTO.

    ESPERO TE SIRVA DE ALGO MI COMENTARIO.

    ATENTAMENTE

    LIC. ISRAEL JUÁREZ.

    E-MAIL: tessa-consultores-juridicos

    TE. OFIC.: 55 91 10 43.

    CEL.: 044 55 28 62 68 46.

    Bruselas 13, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, D.F. entre Liverpool y Versalles, a 2 Cuadras del Metro Cuauhtémoc y 1 Cuadra del Museo de Cera.



  • Autor
    Respuesta No: 235625

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues ninguna de las cláusulas que usted refiere como DISPARADAS son contarias a la Ley, pero si ustedes consideraban que no eran justas, no hubieran contratado el arrendamiento.

    El contrato se deben cumplir conforme a lo estipulado en el mismo y no se puede dejar al arbitrio de uno de los contratantes, así que la arrendadora puede cobrar las penas convencionales que se hayan pactado y si no hay aval a quien cobrarle, obviamente se quedará con la cantidad que se dio como depósito.

    Finalmente si ya le desocuparon la casa, no creo que vaya a proceder de otra forma, puesto que está en libertad de volver a rentar su inmueble que es lo que más les importa a los arrendadores.

    Si vuelven a rentar, lean bien el contrato y si no están de acuerdo con el mismo, no lo firmen.



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