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VENTA DE CASA

  • Consulta : 121691
  • Autor : kattytamez_NR
  • Publicado : Miércoles 03 de Agosto de 2011 16:18 desde la IP: 198.28.128.149
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • kattytamez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buenas Tardes

    Estoy vendiendo mi casa y hay una persona interesada pero me dice que me quiere dar un anticipo para separarla y que ya no la ofrezca, el esta tramitando un credito y que posiblemente hasta octubre se lo autorizen, quisiera saber que procede en este caso, debemos ir a una notaria para formalizar lo del anticipo? si se arrepiente, debo devolver el anticipo?

    Gracias por su respuesta

     

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  • Autor
    Respuesta No: 233886

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS TARDES:

     Haz un recibo y que este sea ratificado ante notario:

     

    "Bueno por....$....

    Recibi de... la cantidad en efectivo de.... por concepto de espera respecto de la compra venta de la casa ubicada en:.... de esta ciduad; acordadon que la espera lo serà del dìa de hoy, y hasta el dìa:::: del mes de octubre de 2011, en el entendido que llegada esa fecha y no habiendo  realizado el pago total de la venta, que  lo es de : $....  ; este recibo  de  dinero no es pago parcial de esa cantidad; pago  que  sera en efectivo o por medio de credito bancario, el dinero que garantiza este recibo  sera para cubrir la espera y los daños y perjuicios causados por no haber realizado la venta dentro del termino de la espera; me comprometo a no seguir dando en circulacion la venta o policitaciòn hasta la fecha en mencion... EWN CASO DE QUE  ANTES DE LA FECHA SE DIERA EL DINERO  O EL CREDITO, ESTE RECIBO HACE LAS VECES DE PAGO DE ESPERA, Y SI EL CASO SE DIERA QUE ANTES DEL TERMINO DESEA DAR POR RESCINDIDA LA OPERACIÒN, ESTE RECIBO DE DINERO , EXPRESA CLARAMENTE QUE NO HABRA DEVOLUCIÒN DE CANTIDAD ALGUNA, POR CONCEPTO DE ESPERA.- En la ciuda de ....a los  ...diaas... de... de 2011.- Ratificado ante fe notarial.... Original y Copia....Tacha o Data No vale...

    Este recibo lo debes hacer al dorso de una copia fotostatica en la que aparezcan  ambas credenciales de elector, muy legibles.

    No intentes brincarte el pago de la notaria con un recibo simple, este te da la seguridad de que el dinero serà tuyo y de que la otra no te va a estar reclamando su incumplimiento. El Dinero no es en garantìa es en Espera, te paga para que no la vendas.  Tu no le tienes que regresar el dinero. fIJATE BIEN, EL TE PROPONE Y TU ACEPTAS, LO QUE NO SIGNIFICA QUE LA VENTA YA SE DIO, SI TU VENDES LA CASA ANTES DE LA FECHA DE TERMINO, TU TENDRAS QUE PAGARLE DAÑOS Y PERJUICIOS Y  DERECHO AL TANTO.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 233936

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puedes hacer un contrato de promesa de venta (asistida de un abogado obviamente) donde se establezca la promesa de vender el inmueble en X fecha y estableciendo entre otras cosas que se recibe la cantidad X como anticipo, y que si para X fecha el comprador no ha obtenido el crédito ni el dinero para adquirir el inmueble, la cantidad entregada no será regresada pues la misma será tomada como pena convencional e incluso como indemnización.

    Establecerán los derechos y obligaciones que tendrán las partes, el precio convenido y objeto del contrato.

    NO es necesario que lo realices ante Notario, es sólo un acto preparatorio para posteriormente y con todos los documentos relativos, se eleve a escritura pública la compraventa formal del inmueble.



  • Autor
    Respuesta No: 233966

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado amigo Lic Cuaresmen, KOKODURO no menciono que se realizara ante notario, de hecho, el menciono que lo certificara ante notario, o al menos eso entendi, certificar en copia, o bien copia certificada, esto le da al documento alcance de documento publico, es decir pasado ante fedatario publico, que no es que tengan o deban celebrarlo en la notaria, solo realizar la certificacion e incluso menciono que llevara copias de credencial de elector al reverso.....lo cual en este caso considero que es una orientacion adecuada....... que lo certifique dicho contrato que debera ser como bien lo señala ilianave, contrato de promesa de compraventa......saludos



  • Autor
    Respuesta No: 233967

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Y para el caso de que no se refiriera a una copia certificada, actualizo que con sacar esta, es mas que suficiente, para que no sea impugnada ni objetada en ningun tipo de juicio por cuanto a su alcance y valor probatorio



  • Autor
    Respuesta No: 234039

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MI estimado Cuaresmen, no es necesario los insultos, no es mi estilo ni mi educacion, de hecho, te comento que  lo que yo escribi fue lo siguiente;

    "Estimado amigo Lic Cuaresmen, KOKODURO no menciono que se realizara ante notario, de hecho, el menciono que lo certificara ante notario",

    En el entendido de que no aludi en ningun momento a la persona que si dijo que no fuera al notario,  en el conocimiento de que fue la lic. ilianave (saludos) sin contrariarle tampoco, luego entonces, no existe lugar a confusion alguna, el contenido es claro, Usted apoyo la supuesta postura de KOKODURO diciendo usted que la lic. ilianave no sabia de derecho por decir que no lo hiciera ante notario, a lo cual te conteste lo ya señalado;

    Por tanto no hay confusion, a lo cual en lo posterior sugeri realizar unicamente la certificacion del documento en copia o como le nombramos copia certificada, algo mas simple, pero igualmente efectivo en juicio y menos costoso para el cliente, costando alrededor de unos $ 40°° ( CUARENTA PESOS M. N. 00/100) de cualquier forma pese a la ofensa a la cual, no estoy acostumbrado, te envio un cordial saludo, esperando te sirva de algo el consejo de las copias certificadas en juicio......saludos Lic. Cuaresmen.



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