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QUE JUICIO DEBO DEMANDAR ?

  • Consulta : 121178
  • Autor : afgo_13_NR
  • Publicado : Viernes 29 de Julio de 2011 10:16 desde la IP: 189.247.155.145
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • afgo_13_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tlaxcala

    segun compramos el mismo terreno que juicio se debe demandar, yo compro en 1989 y otra persoana en el 2002,

    yo pago predio  la otra persona no ,

    yo tenia la posesion ya no la tengo    la otra persona tampoco la tiene , dice que el juez decidira

     

    pregunto en estos casos que juicio se debera seguir   ??

    La persona que me vendio ya murio

    la esposa del fallecido  vendio a la otra persona 

    que derechos me asisten   quien y mediante que jucio se popdra resolver

     

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 233169

  • Jesquimx
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Esta bien ¡    la segunda compradora exhibe un poder notarial de amplio dominio que otorgo el que me vendio (esposo finado)  a su señora esposa

    ellos ante el Ministerio Publico exhibieron ese documento.

    la unica diferencia es que yo compre 4 años atras,

    ese es el jucio que debe seguirse ???



  • Autor
    Respuesta No: 233172

  • abogadomendoza
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Respondo:

    Es menester decir que tal como lo manifiesta el forista que me antecede, debe usted promover juicio de nulidad con respecto de la segnuda venta, toda vez que usted adquirió la propiedad antes de la celebración de la segunda venta, ahora bien si ya se sigue una averiguación con el C. Agente del MP correpsondiente, presupongo que debe ser por presunto fraude, siendo así usted exhiba el contrato de compra venta del bien adquirido con anterioridad a efecto de acreditar la licitud de la transacción.

    Sin embargo y no menos importante es manifestar que dicho juicio de igual forma debe de promoverse (juicio de nulidad)

    Quedamos a sus ordenes

    Abogado Mendoza

    Mendoza, Miranda y Raynoso Abogados

    Tel: 3064-2782  Cel: 04455-3064-2782

    clientesmendozaabogados a r r o b a   g mail p u n t o com



  • Autor
    Respuesta No: 233178

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El poder de la esposa termina cuando fallece el esposo o dueño original de su inmueble, si vendio cuando el esposo ya estaba finado no es valida la 2a venta



  • Autor
    Respuesta No: 233182

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

    Como bien mencionan los colegas que anteceden, y como ya usted se ha movido pidiendo alguna acción penal; esta debe ser la acción de NULIDAD DE TODO TIPO DE CONTRATO DE VENTA POSTERIOR A LA SUYA, bajo el principio de PRIMERO EN TIEMPO, PRIMERO EN DERECHO, amen de que usted tiene documentos que acreditan esa posesión; busque y contrate un abogado titulado, con especialidad en dercho civil, en derecho privado, lo mas lógico es encontrarlo en la notaria donde usted hizo la compraventa; además, debe ver en el registro público de la propiedad de su localidad sobre la inscripción de su contrato, si no lo ha hecho, es importantisimo hacerlo inmediatamente. Ya que si su contraparte esta en esa posibilidad o ya lo hizo, usted va a perder. Su abogado especialista, sabe que hacer.

     

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



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