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LOS LIDERES SINDICALES SON SERVIDORES PúIBLICOS?

  • Consulta : 121172
  • Autor : cortegaz_NR
  • Publicado : Viernes 29 de Julio de 2011 09:37 desde la IP: 200.23.91.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,143
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  • Autor
    Consulta

  • cortegaz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tabasco

    quiero saber si los líderes sindicales son servidores públicos, por ejemplo los líderes del sindicato de comisión federal de electricidad, ferrocarriles, pemex, telefonistas, etc y cuando se les fincan responsabilidades en que ley debe uno fundamentarse. y ante que autoridades pude acudir un quejoso para promover cualquier inconformidad?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 233153

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Efectivamente los lideres sindicales, así como los lideres de las muchas secciones sindicales que existen en la Republica, son servidores públicos a quienes se le otorga una licencia laboral (siguen cobrando sueldo) para ejercer sus funciones de liderazgo.

    Generalmente las quejas, denuncias e inconformidades se realizan ante el Órgano Interno de Control de la Institución (si tiene que ver con el ámbito laboral) o bien ante la SFP (si se relaciona con servicios a los usuarios o época de elecciones).

    Las responsabilidades las fincan en su caso la Contraloría Interna o el órgano revisor que detecte las irregularidades y el tipo de irregularidad y su sanción en su mayoría están previstos en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos así como en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.



  • Autor
    Respuesta No: 233161

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    dorae, con todo respeto difiero contigo, pues desde mi punto de vista son las autoridades del trabajo las encargadas de sancionar las malas conductas de los líderes sindicales y no les son aplicables la ley federal de responsabilidades de los servidores públicos, ni la contraloría interna tienen atribuciones para intervenir en la vida interna de los sindicatos (incluyendo el manejo de los recursos económicos de los trabajadores),en todo caso les aplicarían el codigo penal o civil,  uno de nuestros males es precisamente la impunidad con que cuentan estos sujetos para hacer y deshacer dentro de la organización sin que nada ni nadie pueda pedirles cuentas  mas que los trabajadores, algo que casi nunca se vé ante la gran corrupción que existe en la mayoría de estos organismos.- saludos                     



  • Autor
    Respuesta No: 233184

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    fabrigag:

    En el sentido en que usted maneja el contexto, le concedo razón (pero si estuviéramos hablando de un supuesto de conductas ya específicas) , sin embargo, es importante no perder de vista que todos los servidores públicos estas sujetos a observar ciertas normas de conducta (previstas en las Leyes mencionadas) sin importar si están activos o en licencia particular, sindical o incapacidad médica y si estas no se acatan y las irregularidades son detectadas como consecuencia de una denuncia o revisión por los órganos fiscalizadores institucionales y esta conducta encuadra en un delito previsto en algún código (penal o civil) estos órganos revisores son los encargados de presentar la respectiva denuncia o demanda (según proceda).

    Esta generalidad es amplia, ya que el consultante no nos menciona cual es precisamente la “irregularidad” a la que se refiere, si el tuviera a bien ser más concreto, estaríamos en condiciones de brindarle respuesta más amplia y precisa.



  • Autor
    Respuesta No: 233194

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

    Todos los lidferes de las paraestatales o de las estatales, son servidores publicos para efectos de su trabajo; para efectos del ejercicio de su cargo sidical, dejan de serlo y deben estar sujetos al fuero común cuando se demuestra algun ilicito. Es ante el Ministerio Público o Procuraduria Genral de Justicia del Estado.

     

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 233195

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La pregunta de origen esta mal planteada, ya que telefonistas y ferrocarrileros, tienen buen rato que son empleados de empresas privadas.

     

     

    saludos a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 233199

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Todo depende de que empresa o institucion se trate si es un lider sindical de una  empresa o institucion privada, desde luego que no es un servidor publico.



  • Autor
    Respuesta No: 233218

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tiene usted toda la razón wofito2088, realmente es fundamental saber exactamente de que Institución y/o empresa esta hablando el consultante, así como saber exactamente a que “incidente” se refiere.

    Mis respuestas son específicamente dirigidas a los Sindicatos de las Instituciones del Gobierno Federal que se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Apartado B Constitucional y en este caso kokoduro1, quienes ejercen los liderazgos no pierden su estatus de servidores públicos, pues para ejercer su cargo sindical, simplemente les son concedidas licencias pero conservando todos sus derechos y por ende todas sus obligaciones y responsabilidades.

    Pero específicamente en este caso, como bien lo dice wofito2088, es necesario un replanteamiento de la consulta, me apena y ofrezco disculpas por no haber recapitulado en el hecho de que el consultante menciona Instituciones y empresas en su consulta.



  • Autor
    Respuesta No: 233220

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Disculpeme si insisto dorae, pero creo que a los líderes sindicales de las instituciones del Gobierno Federal, no le es aplicable la Ley Federal de Responsabilidades ni los órganos de supevisión o fiscalizacion  (Controloria  Interna) tienen ninguna facultad para llevar a cabo auditorías de ninguna clase a dichos sindicatos, son organismos completamente autónomos y que no se le ocurra a la Autoridad intentar supervizarlos, pues se atentaría contra la autonomía sindical, ¿se imagina en donde estaría elba esther gordillo, si fuera posible hacerle alguna revisión al SNTE?.- saludos                                



  • Autor
    Respuesta No: 233222

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

    jajajajaja

    No tenemos forma de rebatir la claridad con la que se ha expresado el COYOTE, ya que dice no ser abogado, FABRIGAG, saludos y estamos en contacto.

    Saludos a la poderosa Elba Esther, que dios quiera llegue el fin de su reynado.

     

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    A B O G A D O .

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 233224

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los sindicatos de trabajadores del sector público reciben recursos de la Federación, vía el presupuesto de egresos, a través de prestaciones comunes como la celebración de congresos, aniversarios o donativos regulados por la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría. Estos recursos mantienen su carácter de fondos públicos federales para efectos de fiscalización pero la secrecia y la ausencia de rendición de cuentas continúan imperando, sin embargo esto no significa que en un momento de decisión Institucional no proceda una auditoria.

    Mas tarde que temprano (y ojalá que ocurra) ante esta opacidad sindical imperante en nuestro país, la Auditoria Superior de la Federación, por instrucción de la Cámara de Diados, habrá de  intervenir en estos fondos que representan donaciones directas o indirectas a los liderazgos sindicales.



  • Autor
    Respuesta No: 233255

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     kokoduro, tienes razon en llamarme COYOTE ya que me falta una pata, sólo te aclaro que nunca he gestionado ningún  negocio ajeno ni representado a nadie en juicio alguno,  por lo que tu comentario sólo demuestra la ligeresa con que te conduces en la vida.- saludos

    Dorae, ése momento de decisión institucional nunca llegará, pues como bien sabe, la mayoria de los líderes sindicales son dip utados o senadores,  coludidos en todos los órdenes de gobierno, de ahí la impunidad  y para muestra Romero Deshamp, así que parcialmente estoy de acuerdo con usted y en el plano ideal, pues sí, ésos fondos públicos podrían estar sujetos a fiscalización cosa que jamas ocurrira.-                                



  • Autor
    Respuesta No: 242707

  • poncho200382
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hola, soy trabajador de pemex sindicalisado, tengo un problema legal y tengo una duda sobre los servidores publicos, acontinuacion hare una breve narracion de mi caso, esperando no abusar del foro ya que soy nuevo y no conozco bien las reglas. soy trabajador de planta y hace una año busque ascender al area de plataformas marinas buscando un bienestar economico, tengo una carrera soy ingeniero sistemas, y mi plaza es de camillero, asi que busque irme al area para poder ir superandome en una area donde tuviera oportunidades, asi fue como hace mas de año me acerque al srio. general pidiendole la oportunidad de asceder a dicha area, en las primeras 2 ocaciones q hable con el siempre me esterno su apoyo a mi peticion y me arenvio con el delegado de mi dpto laboral, siempre encontre la misma respuesta del delegado, solo vueltas y mas vueltas, asi fue como esta persona el delegado, me condiciono el ascenso y me coacciono a dar $100,000 pesos para asceder de forma definitiva a plataformas, despues de mas de un año de batallar accedi a dar la cantidad, dicha cantidad no la tenia en su totalidad asi que pedi un prestamo al banco, despues de depositarle a su cuenta personal en un año solo me dieron 3 contratos temporales, y al estar sin trabajar ya que tuve que pedir permiso por año en mi base, para irme a dicha area, perdi antiguedad aguinaldo y sobre todo salario ya que no trabaje, asi sin mas preambulo interpuse una denuncia al mp, por fraude, en contra del delegado, cabe mencionar que antes de poner la denuncia, hable con el srio. gral, y le expuse la situacion dandole una copia del baucher y mensajes ante todo esto el nunca dudo de mi palabra y mis pruebas y me propuso dar una solucion denunciando al delegado, despues pasaron 2 meses y no me volvio a recibir asi que denuncie, el 26 de septiembre, se presento a declarar ante el mp, y el delegado lo unico que hizo fue amenazarme afuera de la procuraduria, diciendome que el tenia todo el apoyo y que hasta una plaza en plataforma le habian dado, y que yo por difamar al srio. general iba a ser objeto de represarias todo esto con palabras altisonantes, en mi denuncia nunca difamo ni culpo al srio. general ni al sindicato simplemente narro los hechos tal y como sucedieron y los respaldo con los documentos que ya mencione y los msgs que me envio de su celular, mi pregunta es si el srio. general del STPRM es un servidor publico? y  si es asi podria apegarme al articulo 8 de la contitucion, para hacerle una peticion por escrito, dicha peticion es la aclaracion de la situacion y que en ningun momento he buscado perjudicar y el compromiso de no tomar represarias. ya que el delegado me amenazo con no salir de camillero nunca.

     

    Les vuelvo a pedir disculpas pero no he podido encontrar una asesoria y he tenido que meterme a internet a leer para tratar de defenderme como pueda



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    Respuesta No: 242720

  • fallen angel
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Los lideres sindicales de OPDs como CFE, PEMEX; etc. en el desempeño exclusivo de sus labores para tales organismos si se pueden considerar como servidores publicos ya que su salario deriva del herario publico, ahora bien; si nos enfocamos unicamente en el caracter de lideres sindicales, estos como tales en el desempeño de esa funcion, NO LOS PODEMOS CONSIDERAR COMO SERVIDORES PUBLICOS,  ya que; como todos sabemos los sindicatos no perciben ni un peso del herario publico, si no que estos se sostienen de las cuotas sindicales que sus agremiados les aportan, por tanto; dichos lideres en el ejercicio de esa función no perciben un salario que provenga de los recursos del herario publico,



  • Autor
    Respuesta No: 242726

  • pasambres
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mas bien son vividores publicos,sin oficio ni beneficio,capacitados eso si para bailar el jarabe jaliciense ante  el presidente en turno,salvo contads y honrosas excepciones



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