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COBRO DE DERECHOS POR UTILIZACION DE ZONA FEDERAL

  • Consulta : 121077
  • Autor : tesr6012_NR
  • Publicado : Jueves 28 de Julio de 2011 14:19 desde la IP: 187.132.212.12
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • tesr6012_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    la semarnat otorga concesión para uso general  de 20 metros fuera de los 100 metros rio arriba como lo establece la ley esta concesión es utilizada por 6 años no pagando los derechos posteriormente renuncian a la concesión argumentando que la semarnat no es la autoridad competente para otorgar la concesion ya que esta fuera de sus limites, solicitando una nueva concesión a la conagua la cual se le otorga por los 10 metros que establece la ley, ahora para el cobro de los 6 años que disfruto de la concesion otorgada por 20 metros se debe hacer precisamente por esos 20 metros o por los 10 metros que legalmente les correspondia. espero haber sido claro

     

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  • Autor
    Respuesta No: 267025

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primeramente cabe señalar que en la fecha que te expidieron el Título de Concesión para usar u ocupar zona federal, nace  la obligación de pagar los derechos en términos del artículo 232 de la Ley Federal de Derechos, por lo que si antes la SEMARNAT te había emitido una concesión de forma ilegal , este no puede ser utilizado para fundar la determinación de un crédito fiscal.

    Tampoco le digas a la Comisión Nacional del Agua que utilizabas zona federal sin el título de concesión que ella expide, porque son capaces de iniciarte un procedimiento de imposición de sanciones e imponerte una multa en términos de lo dispuesto en el artículo 119, fracción IV, 120, fracción III, ambos de la Ley de Aguas Nacionales.

    Sin más por el momento, estoy a tus órdenes para cualquier otra duda o aclaración.

    Atte. Lic Cornelio Mora

    04455 16849574, 52(55) 56543956

    cornemora arroba g m a i l. com



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