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EMBARGO POR DEUDA GENERADA POR ARRENDATARIO
- Consulta : 120908
- Autor : polyrockarqs_NR
- Publicado : Martes 26 de Julio de 2011 23:54 desde la IP: 187.195.81.227
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,140
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Hola y gracias por la respuesta:
El problema surge despues de haber rentado una casa habitacion en el año 2006 a una mujer y su hija, esta misma desocupa la casa en 2007 y parece dejar todo en orden, Para esto la renta se realizo con contrato de arrendamiento anual y recibos entregados cada mes correspondient a cada renta.
Una ves mencionado esto la casa fue ocupada en 2008 despues de una remodelacion que duro aproximadamente un año. Al ocupar la casa comenzaron las llamadas y las visitas por parte de bancos y diversos medios para empezar a cobrar deudas generadas por ella. En todo momento los intentos de cobros fueron insistentes pero al final se detenian.
Actualmente una nueva empresa ha retomado esto, valero-burgos abogados penalistas, los cuales hacen llamadas hablando de un embargo a bienes inmuebles por una cantidad de casi 300 mil pesos a lo cual dicen que si uno no es es el demandado debe de contar con facturas originales que comprueben que efectivamente uno es el dueño y no ella.
Mi gran duda es a que instancia acudir para detener esto, dado que ya son 3 años de amenazas y llamadas a horas inadecuadas, es simplemente una terrible molestia y ahora temor a que el cobro se realice de una manera violenta o agresiva.
Espero alguna respuesta u orientacion. Gracias.
pd. como dato extra la ex arrendataria no tiene ningun parentezco, no se sabe sobre el fiador que en este caso era su padre, no se tiene pista de ella.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 232714
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Julio de 2011 23:59 2011-07-26 23:59 desde IP: 189.216.161.133
Por favor, ¿tres años fastidiando por teléfono sin ejercer acción alguna y les cree? si de verdad tuvieran elementos para demandar ya lo habrían hecho. Presente una queja en la Condusef por malas prácticas de estos muertos de hambre y ya.
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Autor
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AutorRespuesta No: 232716
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Julio de 2011 00:05 2011-07-27 00:05 desde IP: 189.146.116.168
NO pueden embargar nada que no sea propiedad de la deudora original.
Este tipo de despachos se la pasa amenazando y hostigando para recuperar los adeudos de la cartera de clientes que compraron o les asignaron.
Sin embargo, casi nunca llegan a promover los juicios correspondientes y en consecuencia, ningún Actuario judicial acudirá a hacer embargo alguno.
Si algún día llegara un actuario judicial y pregunta por la deudora, que sus inquilinos digan que no la conocen y no saben ni quien sea, es todo, el funcionario judicial no puede hacer ningún embargo en un lugar que no sea el domicilio de la deudora.
Si puede, cambie el número de la línea telefónica y terminará el hostigamiento por esa vía, ya solo le seguirán llegando misivas amenazantes y demás, pero no les haga caso y si pueden regresen dicha correspondencia con el cartero, mencionándole que esa persona no vive ahí y la devuelva.
Suerte!!
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Autor
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AutorRespuesta No: 232830
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Julio de 2011 18:21 2011-07-27 18:21 desde IP: 189.140.48.85
polyrockarqs:
En todos los asuntos que he conocido para arreglar un problema como el que usted tiene, he patrocinado a mis clientes formulando denuncias ante el agente del Ministerio Público por el delito de "ejercicio ilegal del propio derecho", y en todos los casos hemos tenido muy buen resultado, logrando que los abogados o sus ayudantes dejen de molestar apenas les llega el citatorio para comparecer para declarar ante el agente del Ministerio Público como probables responsables de un delito.
Y es que es muy cierto lo que dice el viejo refrán: "La mejor defensa es el ataque".
Es porque la experiencia me ha visto coronar mis esfuerzos con el éxito, que le aconsejo que usted ponga en práctica lo anteriormente narrado y acuda ante el agente del Ministerio Público y formule una denuncia por el delito de "ejercicio ilegal del propio derecho" y/o los que resulten, y en contra de las personas que le molestan, procurando primeramente tomar nota de sus nombres, domicilio y teléfono, ya que serán datos necesarios para citarlos a declarar, o por lo menos, con el identificador de llamadas consiga el número telefónico para que el agente del Ministerio Público gire oficio a la empresa telefónica que corresponda, a efecto de que el representante legal declare sobre el nombre del titular de la línea y el domicilio donde ésta se encuentra ubicada.
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