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DATOS PARA REGISTRAR A UNA MENOR DE EDAD HIJA DE JUBILADO Y BENEFICIOS QUE PUEDE ADQUIRIR

  • Consulta : 118285
  • Autor : tous.14__NR
  • Publicado : Sábado 02 de Julio de 2011 19:07 desde la IP: 189.216.64.49
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,087
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  • Autor
    Consulta

  • tous.14__NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Soy una persona jubilada desde hace 10 años y tengo una hija fuera de mi matrimonio de 6 años de edad deceo saber que beneficios podra tener y a donde devo de recurir para aser el tramite legal. Espero su valiosa ayuda y orientacion.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 229214

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Nombre del trámite

    Solicitud de registro de derechohabientes

    Modalidad D) Hijo(a)

       ¿En qué consiste?

    Es la solicitud que presenta el asegurado (a) o pensionado (a) para inscribir a los hijos (as) en el Instituto Mexicano del Seguro Social, y recibir las prestaciones previstas en la Ley del Seguro Social. 

       ¿Quién lo realiza?

    El asegurado (a) o pensionado (a), o su esposa(o) o la concubina (rio) registrada (o).

       ¿Dónde y en qué horario se presenta?

    En la Unidad de Medicina Familiar con turno matutino de 8:00 a 14:00 horas, para unidades con turno matutino y vespertino de 8:00 a 19:30 horas de lunes a viernes en días hábiles para el Instituto. En caso de que el trámite se efectúe en la Subdelegación será con horario de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes en días hábiles para el Instituto. 

       ¿Cuáles son los requisitos?

    A. Presentar el asegurado(a) o pensionado(a) los siguientes documentos: 

     Credencial ADIMSS  o Identificación oficial: (credencial para votar IFE o Cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional), documento donde conste el Número de Seguridad Social del asegurado(a) o pensionado(a) y CURP. 

     Se deberá presentar la Clave Única de Registro de Población del hijo a registrar.

    Copia certificada del acta de nacimiento o copia certificada del acta de adopción o de Reconocimiento; tratándose del registro de recién nacidos, se deberá presentar el certificado de nacimiento, el cual sólo Ie ampara 40 días en el Régimen Obligatorio y 30 días para el Seguro de Salud para la Familia

    B. Proporcionar los datos del formato Solicitud de Registro o Aviso de Baja de Beneficiarios (SAV 002). 

    EI personal de la Subdelegación o del Control de Prestaciones llenará el formato con los datos que usted Ie proporcione. 

    C. Firmar la solicitud o asentar su huella digital, en presencia del empleado institucional. 

       ¿Qué respuesta se obtiene y en qué plazo?

    AI finalizar el trámite el solicitante recibirá copia sellada de la Solicitud de Registro o Aviso de Baja de Beneficiarios (SAV 002) y la Cartilla de Salud y Citas Médicas del beneficiario. 

    Plazo: El mismo día de su solicitud.

     Información complementaria.

    No proporcionar la Clave Única de Registro de Población, no implica la negativa del trámite.

    De conformidad con el Artículo 314 de la Ley del Seguro Social, se reará como fraude y se sancionará como tal, en los términos del Código Penal Federal, el obtener, así como el propiciar su obtención, de los seguros, prestaciones y servicios que la Ley establece, sin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto.

       ¿Dónde se puede obtener más información? 

    Centro de Contacto IMSS (CCIMSS). Llame al 01 800 623 23 23 en horario continuo de 8:00 a 23:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles y de 8:00 a 18:00 horas

    (horario del centro de México) en fines de semana y días inhábiles. 

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



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