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PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 115040
  • Autor : LMGB220773
  • Publicado : Miércoles 01 de Junio de 2011 13:33 desde la IP: 201.173.55.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • LMGB220773
    USUARIO REGISTRADO

    Mi hermana no esta casada con el padre de su hija, la niña tiene un año y seis meses. Al salir del hospital le exigio ponerle su apellido, en la maternidad no ayudo a pagar y hasta la fecha mi hermana y mi mamà se han hecho cargo de la niña. Pagan la guarderia, comida, doctores, seguro de gastos medicos, ropa, servicios (agua,luz,casa)  y por medio de su trabajo esta registrada en el seguro social.  Se firmo un convenio en el municipio que radica y por el sueldo que gana ($800 semanales) solo le da $300 pesos a la semana, eso si exige derechos pero no cumple. Ademàs es un persona muy agresiva y falta de educaciòn. Ya a habido problemas fuertes. Todas las facturas desde pañales hasta colegio salen a nombre de mi hernana pues eso nos asesoraron que hicieramos. Còmo podrìa obtener la patria potestad mi hermana. Hay alguna esperanza. Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 225538

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si gana $800 a la semana y le otorga por pension alimenticia $300 (Sic) Le esta dando dando lo justo, puesto que es solo una hija... o cuanto es lo justo para usted???

    De 800 cuanto seria lo justo para usted  500, 600, 700, todo????

    Ahora en todo caso la que tiene que reclamar es su Hermana, no sea usted metiche.

    Mientras esta persona cumpla con la pension alimenticia no le pueden quitar la patria potestad y tampoco le pueden quitar su derecho de convivencia.



  • Autor
    Respuesta No: 225544

  • LMGB220773
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Se nota que usted tiene problemas del mismo ìndole que el padre de mi sobrina, pues su misma respuesta es la que da èl. Que triste que en vez de usar este medio como una herramienta para hacer algo de bien como una crìtica constructiva lo utilice para desquitarse con alguien màs, pero de todas formas, gracias por su respuesta. Que tenga una buena vida.



  • Autor
    Respuesta No: 225551

  • RAHR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada consultante, con relación a tu consulta te comento:

    Si le descuentan $300, de $800 que gana semanalmente, él no esta incurriendo en ninguna causal para que se le pueda declarar la pérdidad de la patria potestad.

    Ahora bien, tenga usted en cuenta que esa cantidad corresponde al 37.5% de los ingresos del padre de la menor. Podrá parecer que 1200 mensulaes son de risa, (y probablemente lo sea), pero tenga en cuenta que los alimentos, se rigen por la premisa "la capacidad del deudor de proporcionarlos y la necesidad del acreedor de recibirlos"

    En este caso el deudor, no tiene más capacidad de dar alimentos que esos $300 semanales.

    Desde mi punto de vista, no es factible que le quiten la patria potestad.

    Saludos......................RAHR



  • Autor
    Respuesta No: 225562

  • ALEXIUS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Amiga, la pension alimenticia debe serde acuerdo a las posibilidades del deudor alimentario y de acuerdo a las necesidades del deudor alimentario, en todo caso en juicio alimentario tendrian que demostrar que el señor tiene bienes ho que su sueldo es superior a los 800 que les ha manifestado, luego entonces si el señor cumple voluntariamente con su pension de acuerdo a lo que gana entonces cumple con su obligacion, no tendrian causa para que perdiera la patria potestad, sin embargo la guarda y custodia le corresponde a la madre hasta que los menores cumplan 12 años



  • Autor
    Respuesta No: 225683

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    LMGB220773.

    El hecho de que mi contestacion sea fria y directa, no quiere decir que no esta apegada a la Ley, y si la respuesta no fue de tu agrado, pues ni modo, si quieres escuchar palabras bonitas que se apeguen a lo que tu quieres escuchar, contrata un abogado de poca moral, que te diga que le

    "van a quitr el 100% de su salario al malnacido, lo van a mandar golpear y lo van a meter a la carcel y lo van a llevar con la Srita Laura para que le digan Que pase el desgraciadoooooo"

     

    Asi te parece bien????

    Ya los demas foristas te dijeron que no es posible hacer lo que  pierda la patria potestad y esta cumpliendo con la pension alimenticia dentro de sus posibilidades.



  • Autor
    Respuesta No: 225872

  • LMGB220773
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias por sus respuestas. Yo se que el señor esta cumpliendo conforme a la ley deacurdo a sus ingresos, al menos los que reporta, pero sabemos que gana màs por otros medios, que no se pueden comprobar , hay alguna manera de que el los reporte. Esa es otra duda que tenemos.

    Ahora a usted señor  Valencia1979 su contestaciòn no se me hizo fria o directa, màs bien poco ètica para alguien que se cree forista o eso es lo que usted dice. Y al parecer usted si esta al tanto de los programas basura que pasan en la televisiòn. Asi te parece bien???? ja, ja, ja. Como sea lo digo ahora y siempre. Gracias por sus comentarios. Que tenga una buena vida. Y haga buen provecho de ella.



  • Autor
    Respuesta No: 230897

  • victor1201
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    PARA PELEAR LA PATRIA POTESTAD NO SOLO SE VALORA EL INCUMPLIMIENTO DE LA PENSIÓN, HABRIA QUE VER LO QUE COMENTA, DE QUE ES UNA PERSONA VIOLENTA, Y SI ES O NO ES APTA PARA EL CUIDADO DEL MENOR.

    ÉL TENDRÍA QUE COMPROBAR ESOS INGRESOS Y QUE DE MANERA OFICIAL SE HAGA  ESA PROPORCIONALIDAD DE SU SUELDO PARA CUMPLIR CON  LA OBLIGACION DE ALIMENTOS.

    Y EN TANTO EL TENGA ESA OBLIGACION, PUES TIENE Q CUMPLIRLA, NO SE TRATA DE QUE POBRECITO SOLO GANA 800 PESOS Y YA!!!! EL TIENE UNA HIJA Y COME Y VISTE Y NECESITA ATENCION MEDICA...Y NO POR QUE ÉL SOLO PUEDA DAR 300 PESOS ... SIGNIFICA QUE CUMPLA!!!! UNA MADRE O PADRE QUE CUMPLEN CON ESA OBLIGACION ASI TENGAN QUE TENER 2 TRABAJOS LO HACEN!!!!!! Y REPITO NO SOLO ES CUESTION ECONOMICA SINO AFECTIVA TAMBIEN



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