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HERENCIA

  • Consulta : 113086
  • Autor : ocotitlan1974_NR
  • Publicado : Martes 17 de Mayo de 2011 21:05 desde la IP: 189.230.71.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • ocotitlan1974_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola espero me puedan echar una mano.

    Resulta que mi papa se fue de la casa hace como13 años, ahora los hijos queremos dividirnos un terreno que esta a nombre de mi papà y de mi mamà ella esta de acuerdo pero la pregunta es ¿ podemos hacer tramites sin la firma de mi papà? pues el predial se estaba pagando con la boleta a nombre de èl,  queremos hacer el cambio de nombre de la boleta a nombre de mi mamà para pagar el predial antes de que se acumule màs deuda que podemos hacer o aquien dirigirnos?.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 223635

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo único que tiene que entender es que, las propiedades de su papá son de su papá.

    Si su papá y su mamá son casados bajo el régimen de sociedad conyugal y el terreno se adquirió por su papá después de contraído el matrimonio, el 50% de dicho terreno es propiedad de su mamá.

    Quítese la idea de que existen herencias en vida o de que, por el solo hecho de que su papá se fue de la casa y sin importar el transcurso del tiempo, Ustedes tengan derecho alguno sobre dicho bien. Para que exista una herencia debe existir un muerto, autor de la misma, tambien conocido como "de cujus" que en lenguaje popular y coloquial significa "el de la caja".

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 223637

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el inmueble no puede ni debe ser repartido... es de su padre ...no de ustedes....

    1...no tienen ningun derecho al mismo...

    2...solo el padre puede disponer de sus cosas... por el hecho de ser sus cosas...

    3...no hay prescripci+òn de bienes... ya que son parientes.....

    saludos velazquez....



  • Autor
    Respuesta No: 223639

  • futuroabogado
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas noches.

    Como bien lo dicen los licenciados que me anteceden, no se pueden repartir los bienes de tu padre, (primero enterate que paso con él). Que el predio lo paguen a nombre de tu mamá o tu papá no hace diferencia en la propiedad, es decir, ese impuesto no te hace dueño de un inmueble.

    Ahora como dices que esta a nombre de los dos, (tus padres) y quieren regularizar la situación, hagan una declaración de ausencia con el fin de que se nombre un depositario del inmueble, esto se logrará despues de varios gastos, toda vez que tienes que contratar un abogado, pagar edictos, que en el DF son caros. y esperar muy buen tiempo para que surta sus efectos. algo así como dos años, que es el término legal para poder solicitarla.

    Su situación tiene solución legal pero tienen que contratar un abogado.

    Espero que este comentario les ayude.



  • Autor
    Respuesta No: 223640

  • futuroabogado
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    PD: Y POR FAVOR PAGUEN SUS IMPUESTOS, primero porque es una obligación, segundo para que no tengan problemas legales con el GDF.



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