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CASA ABANDONADA, EL PROPIETARIO MURIO Y HACE COMO 6 A 8 AÑOS NADIE RECLAMA LA CASA
- Consulta : 111293
- Autor : TIELENS
- Publicado : Lunes 02 de Mayo de 2011 10:12 desde la IP: 189.150.163.21
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,110
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Mayo de 2011
Buen dia compañeros, tengo una super duda, yo rento en el centro de Cancun, a 4 casas de donde rento hay una casa abandonada, que segun los vecinos el dueño murio hace ya tiempo como 8 años aprox. la casa es pequeña, parece que el señor la tenia solo de Inversion, dicen que nunca se veia movimiento en esa casa, despues a eso una familia llego a invadir esa casa como por 3 o 4 años una familia que la vdd vivia en un mugrero y pues habia los hijos que se veain medio vagos y bandalos, al parecer durante ese timpo que vivieron la casa nadie los molesto ni nada, pero esa incomodo que era la unica casa en la privada sucia mal cuidada y demas, la casa tiene medidor de luz, obvio no hay luz ni agua en la casa ahora, esta familia que la tenia invadida se salio de la casa hace ya 2 meses, la casa me fui a verla y esta en super malas condiciones, y pense....si el dueño fallecio y nadie la reclama, pues la tomo yo, la levanto la pongo bonita y se la doy a mi padre a que la viva, la pregunta es...que tengo que hacer para poder levantar esta casa, ver en que estatus legal esta, que posibilidades hay de que pueda escriturarla a mi nombre en caso que nadie la reclame, no se...que se peude hacer, prefiero darle un uso util y necesario antes que otra familia de vagos la invada y haga mal uso de ella....
SI PUDIERAN ASESORARME LO AGRADECERIA MUCHO...MI MAIL ES mktcun
saludosSUAH
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 258299
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2012 16:10 2012-03-15 16:10 desde IP: 200.77.135.105
consultame a mi correo "g_t_v_i">g_t_v_i
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AutorRespuesta No: 258316
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2012 17:27 2012-03-15 17:27 desde IP: 201.165.106.156
ARTICULO 158. SE APLICARA PRISION DE SEIS MESES A SEIS AÑOS Y DE VEINTICINCO A DOSCIENTOS CINCUENTA DIAS MULTA, AL QUE SIN CONSENTIMIENTO DE QUIEN TENGA DERECHO A OTORGARLO O ENGAÑANDO A ESTE:
I. OCUPE UN INMUEBLE AJENO O HAGA USO DE EL O DE UN DERECHO REAL QUE NO LE PERTENEZCA, O IMPIDA MATERIALMENTE EL DISFRUTE DE UNO O DE OTRO;
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