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SI NO TENGO CONOCIMIENTO DE UNA DEMANDA ME PUEDEN EMBARGAR?
- Consulta : 110822
- Autor : gonsil23_NR
- Publicado : Miércoles 27 de Abril de 2011 20:34 desde la IP: 189.130.68.189
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 27 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 221242
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Abril de 2011 20:39 2011-04-27 20:39 desde IP: 189.216.53.247
En realidad a Usted primero lo embargan y después lo emplazan. En todo juicio ejecutivo ordena el Juez el exequendo, lo que significa que a Usted primero le requieren del pago, si no lo hace entonces procede el embargo, una vez que se ejecuta el formal embargo, inmediatamente después lo emplazan entregándole copia de la demanda para que se presente al juzgado a pagar u oponer excepciones en el término de nueve días.
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