Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

EN QUE REGIMEN DEBO DARME DE ALTA EN HACIENDA

  • Consulta : 107758
  • Autor : nadeshda_NR
  • Publicado : Viernes 01 de Abril de 2011 20:27 desde la IP: 201.143.68.104
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,156
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • nadeshda_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    HOLA, SOY LIC. EN MERCADOTECNIA Y QUIERO PONER UN CONSULTORIO DENTAL, QUE OPCIONES TENGO PARA DARME DE ALTA EN HACIENDA YO PAGO LA RENTA DEL LOCAL Y PONGO TODO EL MATERIAL Y MOBILIARIO ETC.

    ESPERO ME PUEDA ORIENTAR

     

    GRACIAS Y SALUDOS

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 217706

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En el "/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_intermedio/13_429.html">régimen intermedio pueden inscribirse las personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales, incluyendo de bienes y servicios) no excederán de $4’000,000.00 y que tengan necesidad de expedir comprobantes fiscales a sus clientes (facturas en las que se desglose el IVA).

    El "/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_repecos/16_430.html">régimen de pequeños contribuyentes es para aquellas personas que únicamente realicen operaciones con el público en general (es decir, que no proporcionen facturas a sus clientes en las que se desglose el IVA), que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales) mas intereses del año no excederán de $2’000,000.00.

     



  • Autor
    Respuesta No: 217708

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Va de nuevo:

    En el régimen intermedio pueden inscribirse las personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales, incluyendo de bienes y servicios) no excederán de $4’000,000.00 y que tengan necesidad de expedir comprobantes fiscales a sus clientes (facturas en las que se desglose el IVA).

    El régimen de pequeños contribuyentes es para aquellas personas que únicamente realicen operaciones con el público en general (es decir, que no proporcionen facturas a sus clientes en las que se desglose el IVA), que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales) mas intereses del año no excederán de $2’000,000.00.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión