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NATURALEZA JURIDICA DE UN PARTE INFORMATIVO DE LA PFP
- Consulta : 107711
- Autor : SERGIO DE JESUS
- Publicado : Viernes 01 de Abril de 2011 13:59 desde la IP: 187.132.232.251
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 01 de Abril de 2011
CUAL ES LA NATURALEZA JURIDICA DE UN PARTE INFORMATIVO DE LA POLICIA PEDERAL DE CAMINOS Y CUALES SON LUS LIMITES LEGALES ¿ TIENEN CAPACIDAD PARA DETERMINAR CULPALIDAD O INOCENCIA DE LOS IMPLICADOS?
CUALES SON LOS MEDIOS LEGALES PARA IMPUGNARLO O SOMETERLO A REVISION POR LA SUPERIORIDAD
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 217646
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Abril de 2011 15:35 2011-04-01 15:35 desde IP: 189.134.163.130
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PARTE INFORMATIVO DE POLICÍA. ES LEGAL LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL QUE LE OTORGA VALOR DE INDICIO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 285 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
El parte informativo que rinde la policía investigadora como consecuencia de la comisión de un hecho delictivo, al ser corroborado con diversos medios de prueba que constan en el sumario, como son los testimonios ministeriales y la ratificación de su contenido, adquiere la categoría de prueba instrumental de actuaciones. Ahora bien, el artículo 285 del Código Federal de Procedimientos Penales prevé que todos los demás medios de prueba o de investigación (distintos a los descritos en el capítulo IX de dicho ordenamiento) y la confesión, constituyen meros indicios. Por tanto, es legal la determinación de la autoridad judicial que otorga al citado informe policiaco, el valor de indicio en términos del invocado numeral.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo directo 479/2006. 9 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretaria: María del Carmen Cabral Ibarra.
Amparo directo 207/2007. 28 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretaria: María del Carmen Cabral Ibarra.
Amparo directo 404/2007. 12 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretaria: María del Carmen Cabral Ibarra.
Amparo directo 337/2007. 14 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretaria: María del Carmen Cabral Ibarra.
Amparo directo 168/2008. 19 de junio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretaria: María del Carmen Cabral Ibarra.
Novena Época
Registro: 168843
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVIII, Septiembre de 2008
Materia(s): Penal
Tesis: III.2o.P. J/22
Página: 1095
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