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ACEPTACION DE CONFORMIDAD EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

  • Consulta : 106209
  • Autor : ellavive_NR
  • Publicado : Sábado 19 de Marzo de 2011 00:21 desde la IP: 187.132.137.31
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
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  • Autor
    Consulta

  • ellavive_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Oaxaca

    Inicie una demanda por cuatro pagares que no me fueron pagados. En el proceso de este juicio, se  embargaron dos casas (NO SE MENCIONA QUIEN SERIA LA PERSONA DEPOSITARIA EN EL EMBARGO)  y ya hay una sentencia: pagarme o adjudicarme esas propiedades.(eso entiendo)  Luego el juicio se atoro por varios errores en cuanto los numeros de  folios reales de las propiedades embargadas. Todo esto lo sé apenas, porque el que fungia como mi abogado se desaparecio. A él le endose los pagares (en procuración). Han pasado ya cinco años desde que esto inicio y la persona que demande ya me pago todo recientemente.

    Pero ahora no se, como cancelar el proceso o notificar ese pago. Ya que el juicio sigue, o eso entiendo yo.  Concretamente no se si desistirme de la accion y de la demanda, o si notificar que ya se dio cumplimiento a la sentencia en cuanto a que ya me fueron pagados los dineros que se me adeudaban. Y tampoco se como hacer eso.

    Contrate un abogado con el fin de que me ayudara a finiquitar este asunto, pero solo se agrego como un abogado mas en ese asunto, en contraposicion a mi instruccion de desistirme del abogado al cual le endose en procuracion  los pagares. Hoy se que estan coludidos y me preocupa mi situacion, asi como la de la persona que he demandado y ya no me adeuda nada. 

    Entonces quiero:

    desistirme de : mi endosatario, de la demanda, de la accion. Asimismo, que los bienes embargados, queden libres de gravamen ante el RGP. o BIEN SI BASTA CON NOTIFICAR AL JUEZ QUE YA HE RECIBIDO MI PAGO, FUERA SUFICIENTE PARA QUE SE CANCELE TODO LO ANTERIOR. GRACIAS.

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 215748

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primero acuda al juzgado y solicite el expediente en el archivo, es muy probable que haya operado la caducidad, si así es el expediente ya se fue al archivo. Si sí está en el juzgado, sólo debe presentar una promoción en la que menciona que la demandada dio cumplimiento con el pago y solicita se le haga entrega de los documentos base de la acción a la demandada y se archive el asunto como total y absolutamente concluido, siempre que no se haya inscrito el embargo en el Registro Público.



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