- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
SOLICITO AYUDA URGENTE
- Consulta : 105316
- Autor : caragon_NR
- Publicado : Viernes 11 de Marzo de 2011 13:53 desde la IP: 189.174.253.15
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,085
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 11 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Sinaloa
Soy estudiante aún pues no me he titulado, me encuentro prestando mi servicio social en bufete jurídico estudiantil en el área civil, mi exposición consiste en: Promoví incidente de nulidad de actuaciones porque se me notificó por ESTRADOS la celebración de una audiencia para desahogar una prueba testimonial habiendo señalado un domicilio, ésta se efectúa e interpongo contra ella el INCIDENTE mencionado, éste propera y deja sin efecto lo actuado a partir de interposición del recurso dicho hasta el día en que su resolución nos fue notificada, a partir de ahí todo lo demás obviamente tiene validez, sin embargo, al fijarse nuevamente fecha para su desahogo éste se desarrolla y al final de la audiencia la parte contraria solicita se cierre la instrucción y se cite para sentencia, petición que le fue concedida aún existiendo un medio probatorio pendiente que desahogarse, así las cosas, transcurrieron más de 180 días que señala el Código Adjetivo para que opere la CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, se promueve ésta y ante ello converso con el Juez y me contesta que no opera la caducidad por encontrarse citado ya para sentencia. Lo anterior, trátase de un juiciio ordinario civil. Aprecio desde este momento su apoyo. gracias.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 214745
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Marzo de 2011 14:25 2011-03-11 14:25 desde IP: 189.133.53.42
es decir que si ya transcurrieron mas de 180 dias, no es por culpa de la parte actora, si no es por la carga de trabajo del juzgado, pues si ya esta la citacion para sentencia, es responsabiblidad del juez darle continuidad, pues la parte actora lo unico que puede hacer es esperar si no tiene prisa o en caso contrario ampararse, pero pues la continuidad dl juicio no depende mas que del juez
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 214850
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Marzo de 2011 22:11 2011-03-11 22:11 desde IP: 187.194.22.113
dictada la citaciòn para sentencia...el pedir la caducidad dentro del termino y negada esta...se ha dado continuidad y se ha roto la caducidad con la negativa...puedes apelar... pro vas a perder...
-
Autor






