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AGOTADA Y CERRADA LA INSTRUCCION EN PERIODIO DE PRUEBAS
- Consulta : 104489
- Autor : m.s.c__NR
- Publicado : Viernes 04 de Marzo de 2011 21:41 desde la IP: 189.226.119.77
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 04 de Marzo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 213844
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Marzo de 2011 21:48 2011-03-04 21:48 desde IP: 189.129.205.56
estimado forista
le explico, ok, mire, eso significa que despues de tal auto, las partes, no pueden presentar pruebas, ya que, los autos de la causa penal se ponen a disposicion del agente del ministerio publico adscrito al juzgado penal para que formule conclusiones, y una vez hechas estas, se da vista al defensor voluntario del acusado para que las conteste, una vez contestadas, se lleva a cabo la audiencia de vista y acto seguido, se turna la causa penal para dictar sentencia, ok
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