Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO

  • Consulta : 104017
  • Autor : temoc50_NR
  • Publicado : Martes 01 de Marzo de 2011 17:19 desde la IP: 187.145.90.77
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • temoc50_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buena tarde abogados mi consul es sobre una acusación de encubrimiento por Favorecimiento

    En el MP Coordinación MH 5 le vantaron una averiguación Previa No. FMH/MHR/T3/00370/11-02 la cual fue puesta por robo, yo trabajo como guerdia de seguridad y me aplicaron el articulo 320 del codígo penal del distrito federal, ya que la dueña argumenta el ropbo de $ 100,000.00, primero de la caja, despuescambio la versión a que los sustrajeron de su bolsa, mi consulta es si se determina que  no existio el robo ya que no pueda comprobrar la existencia del dinero la persona que denuncio.

    1.- Esta persona se le puede acusar de declarar en falso y ejerser acción penal por difamación y daño moral ya que estube detenido y me dejaron en libertad por fianza

    2.- puedo recuperar el monto que pague de la fianza y como

    3.- como puedo conseguir copias simples o certificadas de mi declaración y de la avereguación previa, así como de la declaración de la denunciante y el  parte del policia que me puso a dispoción

    4.- existe alguna manera de consultar vía internet las averiguaciones previas en el distrito federal

    Gracias de antemano por su atención

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 213179

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado forista

    de mis ultimas asesorias

    para que usted recupere la fianza que dio para salir de prision, el proceso penal que se le instruye, debe de terminar con el dictado de sentencia, hecho, que aun no sucede en su expediente, tal como se desprende de los hechos de su consulta, ok

    y para que se le devuelva la fianza, esa sentencia que ponga fin a su proceso penal, debe ser ABSOLUTORIA, ok,

    para pedir copias de lo que refiere en su consulta, solicitelas a su costa por medio de un escrito dirigido al juez penal que esta conociendo de su expediente y tal escrito fundamentelo en los articulos 14 y 20 constitucionales,

    ahora bien, para que usted forista vaya y denuncie a la persona que lo denuncio, le sugiero, que primeramente, antes de denunciar a tal persona, Usted pruebe en sentencia su inocencia, ya que, como usted lo dice, esta libre bajo fianza, pero OJO, el proceso penal  todavia no termina, eh, y todavia le falta al proceso penal para que termine, eh,

    y esa libertad bajo fianza, se puede revocar por las causales que prevea el codigo de procedimientos penales de su entidad, ok, y puede regresar a prision de revocarse tal libertad bajo fianza

    en el caso, que Usted pruebe su inocencia en sentencia y tal sentencia sea confirmada, Usted forista, podra denunciar a quien lo denuncio por los hechos delictuosos que se configuren, ok

    por ultimo,  el delito de robo y el delito de  encubrimiento por favorecimiento son totalmente diferentes, por lo que le hago otra sugerencia forista, sino sabe de delitos, quedese callado, ok,

     



  • Autor
    Respuesta No: 213180

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado forista

    de mis ultimas asesorias

    para que usted recupere la fianza que dio para salir de prision, el proceso penal que se le instruye, debe de terminar con el dictado de sentencia, hecho, que aun no sucede en su expediente, tal como se desprende de los hechos de su consulta, ok

    y para que se le devuelva la fianza, esa sentencia que ponga fin a su proceso penal, debe ser ABSOLUTORIA, ok,

    para pedir copias de lo que refiere en su consulta, solicitelas a su costa por medio de un escrito dirigido al juez penal que esta conociendo de su expediente y tal escrito fundamentelo en los articulos 14 y 20 constitucionales,

    ahora bien, para que usted forista vaya y denuncie a la persona que lo denuncio, le sugiero, que primeramente, antes de denunciar a tal persona, Usted pruebe en sentencia su inocencia, ya que, como usted lo dice, esta libre bajo fianza, pero OJO, el proceso penal  todavia no termina, eh, y todavia le falta al proceso penal para que termine, eh,

    y esa libertad bajo fianza, se puede revocar por las causales que prevea el codigo de procedimientos penales de su entidad, ok, y puede regresar a prision de revocarse tal libertad bajo fianza

    en el caso, que Usted pruebe su inocencia en sentencia y tal sentencia sea confirmada, Usted forista, podra denunciar a quien lo denuncio por los hechos delictuosos que se configuren, ok

    por ultimo,  el delito de robo y el delito de  encubrimiento por favorecimiento son totalmente diferentes, por lo que le hago otra sugerencia forista, sino sabe de delitos, quedese callado, ok,

     



  • Autor
    Respuesta No: 213181

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado forista

    de mis ultimas asesorias

    para que usted recupere la fianza que dio para salir de prision, el proceso penal que se le instruye, debe de terminar con el dictado de sentencia, hecho, que aun no sucede en su expediente, tal como se desprende de los hechos de su consulta, ok

    y para que se le devuelva la fianza, esa sentencia que ponga fin a su proceso penal, debe ser ABSOLUTORIA, ok,

    para pedir copias de lo que refiere en su consulta, solicitelas a su costa por medio de un escrito dirigido al juez penal que esta conociendo de su expediente y tal escrito fundamentelo en los articulos 14 y 20 constitucionales,

    ahora bien, para que usted forista vaya y denuncie a la persona que lo denuncio, le sugiero, que primeramente, antes de denunciar a tal persona, Usted pruebe en sentencia su inocencia, ya que, como usted lo dice, esta libre bajo fianza, pero OJO, el proceso penal  todavia no termina, eh, y todavia le falta al proceso penal para que termine, eh,

    y esa libertad bajo fianza, se puede revocar por las causales que prevea el codigo de procedimientos penales de su entidad, ok, y puede regresar a prision de revocarse tal libertad bajo fianza

    en el caso, que Usted pruebe su inocencia en sentencia y tal sentencia sea confirmada, Usted forista, podra denunciar a quien lo denuncio por los hechos delictuosos que se configuren, ok

    por ultimo,  el delito de robo y el delito de  encubrimiento por favorecimiento son totalmente diferentes, por lo que le hago otra sugerencia forista, sino sabe de delitos, quedese callado, ok,

     



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión