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NO ENCUENTRAN AL QUE ME DEBE

  • Consulta : 102409
  • Autor : jorgegm_NR
  • Publicado : Jueves 17 de Febrero de 2011 14:04 desde la IP: 201.134.76.82
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
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  • Autor
    Consulta

  • jorgegm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    buenas tardes

    otra vez recurro a uds para que me orienten,

    el asunto es ,, de que a una señora le preste 100,000 pesos y me firmo un pagare, se llevo a cabo el juicio ejecutivo, pero el caso es de que no la encuentran por ningun lado, se esta escondiendo, an ido a su casa y su esposo dice que ya no vive ahi, que ya no tiene nada a su nombre,  que ya no vive en la ciudad, pero se donde trabaja, sigue en el mismo trabajo desde hace muchos años,  y a todo esto mi abogado dice que mi pagare prescribira en un año y que ya no se va a poder hacer nada por el tiempo y xq no la encuentran y tambien xq no tiene nada a su nombre,,,

    mi pregunta es ,,, a poco si no la encuentran ya no me va a pagar????  ,,, no se puede embargar ,, a poco es tan sencillo pedir dinero , esconderse para no pagar??? entonces yo lo voy a hacer igual!!!!

    sus consejos me han servido de mucho ,,muchisimas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 211053

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Pide al juzgado que se habiliten días y horas inhábiles para practicar la diligencia de requerimiento de pago, y embargo, ok.

    Ahí tu abogado se debe poner trucha, debe hacer una labor de investigación, para estar al pendiente de ver a que hora sale y a que hora llega la deudora, porque por lo que comentas se esta escondiendo.

    Si te dijeron que ya no vive ahí, que tu abogado gire oficios al IFE, IMSS,  para saber si cuentan con un domicilio de la deudora, si " bota " el mismo domicilio, haz el embargo en la casa que señalaste.

    También pueden hacer una investigación  en el Registro Público de la Propiedad, para ver si la demandada cuenta con bienes raices inscritos a su nombre.

    Pide al actuario que deje citatorio, si la deudora no se encuentra, haz la diligencia con quien se encuentre en el domicilio, tu embarga, a ti no te corresponde probar que no son bienes de la demandada, en todo caso es ella quien tiene que probar que no son de su propiedad.

    La verdad tu abogado se esta duermiendo, lo más dicil es emplazar y ejecutar una sentencia, pero se puede.

    Ponte lista o cambia de abogado.



  • Autor
    Respuesta No: 211112

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Comparto la opoinión del Licenciado Mecino, misma que te amplío en la forma siguiente.

    Si sabes el domicilio del lugar en que trabaja, también tu abogado puede presentar un escrito solicitando que ahí se le notifique y emplace.

    Además, elpagaré no prescribirá, pues uno de los efectos de la presentación de la demanda, es precisxamente interrumpir el término de la prescripción, pero se debe impulsar el procedimiento y si tu aogado no hace nada, entonces puede operar la caducidad de la instancia y, en ese caso, evidentemente la prescripción no se verá interrumpida.

    Es necesario que si tu abvogado no es especialista en derecho mercantil, cambies por uno que sí lo sea, pues cualquiera que domine la materia podrá darse cuenta que al que le confiaste tu asunto, no tiene los conocimientos para soluciuonar las dificultades que afronta al negársele a la demandada en su domicilo.



  • Autor
    Respuesta No: 211125

  • RAHR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado forista,

    Completamente de acuerdo con lo manifestado por los colegas anteriores, tu abogado se está durmiendo en sus laureles.

    Y no es que no sea experto en materia mercantil, sino que no conoce las opciones para llevar a cabo el emplazamiento, ya que si siempre la han negado en su domicilio, y TU sabes en donde trabaja, pues ya debieron haber informado al Juez dicha situación y solicitar que se le emplace en su trabajo.

    Respecto a que carece de bienes, debes investigar minuciosamente en el registro público, en la dirección de tránsito de tu estado, para saber si efectivamente no tiene bienes, no te puedes dejar llevar por los dichos de quien la esconde.

    Suerte y ponte las pilas tu, ya que tu abogado parece que esta medio dormido.

    Saludos...................................RAHR



  • Autor
    Respuesta No: 211129

  • Bohucorp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    definitivamente cambia de abogado..además de que en tu comentario mencionas que ya se interpuso el juicio ejecutivo no puede operar la prescripción.....asesorate con otro abogado, lo que mencionaron los compañeros acerca del emplazamiento es totalmente cierto....



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