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REQUISITOS PARA DENUNCIAR INTESTADO

  • Consulta : 102339
  • Autor : J. ARMAND
  • Publicado : Miércoles 16 de Febrero de 2011 22:45 desde la IP: 200.52.184.243
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,128
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  • Autor
    Consulta

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO

    buenas noches:  como acreedor del de cujus ¿que constancias necesito para denunciar intestado?.

    ya que derivado de un juicio ejecutivo mercantil tengo embargadas propiedades del de cujus en el registro publico, el cual fallecio el 2009,

    tomando en cuenta que el representante esta utilizando el dinero del difunto para sobornar a los abogados que he contratado.

    estado de referencia sonora.

     

                                         atentamente JOSE ARMANDO

     

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  • Autor
    Respuesta No: 210996

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    A tu escrito de denuncia sucesoria, deberás anexar copia certificada del acta de defunción y dar nombre y domicilio de todos los posibles herederos para notificarlos y que se presenten a deducir derechos hereditarios. Una vez que sea nombrado el albacea, deberás notificar a la sucesión por su conducto y solicitar la reanudación del juicio ejecutivo mercantil, si es que se mandó suspender en su tramitación; de ahí sólo sigues el procedimiento correspondiente y listo. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 211151

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tulio_ciceron: muchas gracias por la consulta,

    debo acreditar mi caracter de acreedor? si la respuesta es, si, ¿que constancias puedo presentar?





  • Autor
    Respuesta No: 211292

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tuasesorlegal.mty:

    te agradezco muchisimo,

    de haberlo sabido hace mucho hubiera denunciado el intestado y me hubiera ahorrado muchos problemas.

     

                               atte. J. Armando



  • Autor
    Respuesta No: 211390

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Una sugerencia que se me olvidó comentarte.

    Una vez radicado el juicio sucesorio y emplazados los posibles herederos, solicita que se designe interventor para contestar demandas en contra de la sucesión y representarla mientras sea nombrado el albacea. Éste inteventor terminará su trabajo apenas sea proestado del cargo y aceptado aquel. A tu escrito dond solicites la reanudación del juicio ejecutivo, anexa copia certificada del nombramiento y aceptación del interventor de la sucesión para solicitar su notificación.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 211502

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tulio_ciceron gracias:

    ¿tengo que tramitar la publicacion de edictos para herederos ausentes?

    ¿o una vez emplazado el que fuera representante del deudor fallecido, corre por su cuenta darle seguimiento al juicio?

     lograr que se nombre interventor es parte de la primera seccion?

     

                      saludos                        atte. J. Armando 



  • Autor
    Respuesta No: 211510

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ARMAND para nombrar albacea y antes de hacerlo el juez solicita la publicacion de edictos, obvio si te interesa emplazar al difunto, ttu deberas pagar los costos del juicio, hasta el nombramiento del albacea, que es en la sentencia de 1era seccion, (son 4 secciones)  y la aceptacion del cargo...

    Ya nombrado el Albacea, a la sucesion la notificas por su conducto y si no terminan todo el juicio de sucesion ya no sera asunto tuyo.- 



  • Autor
    Respuesta No: 211547

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Necesariamente tendrás que notificarlos para que comparezcan a deducir sus derechos hereditarios. Sólo no olvides mencionar a todos los que conozcas con derecho para ello; a final de cuentas sólo quieres que se nombre albacea, pero mientras ello ocurre, la legislación civil preevé la figura del interventor que te comento, sólo que primero deberás notificarlos necesariamente, sea de manera personal o por edictos. 

    Quien quede nombrado como representante de la sucesión, tendrá derecho a realizar el cobro de sus honorarios (se asimila más ésta figura jurídica) por la vía incidental mediante descuento al valor total de la masa hereditaria. Tú por tu parte, como acreedor del decujus podrás exhibir los recibos de pago de edictos y demás documentales que acrediten los "gastos y costas" del ejecutivo mercantil, si lo solicitaste en tu escrito inicial de demanda; sólo deberás hacerlo valer hasta la ejecución de sentencia en el incidente de liquidación correspondiente.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 211550

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tuasesorlegal.mty y

    tulio_ciceron les agradezco mucho su ayuda,

                                        atte. J. Armando



  • Autor
    Respuesta No: 213329

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tulio_ciceron y tuasesorlegalmty,

    disculpen: si no denuncio el intestado puedo tener  problemas ? 

       



  • Autor
    Respuesta No: 247710

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    al denunciar el intestado se ordeno en autos previo a la radicacion del juicio, notificar al representante del de cujus, a fin de que en el termino de tres dias  exhiba los nombres domicilios y actas de nacimiento de los parientes mas cercanos del de cujus, con apercibimiento que de no hacerlo aplicar una multa de cincuenta veces el salario minimo.

    al tramitar la notificacion me informaron la titular que ellos se encargarian de llevar a cabo la diligencia de notificacion,

    en el expediente aparecio dos constancias del 17 y 18 de octubre del actuario ejecutor en la cual manifiesta que al tocar insistentemente la puerta se negaron a atender a su llamado, por lo que no fue posible llevar a cabo la notificacion, para los efectos legales a que haya lugar,

    considerando que el representante ha evadido en dos ocasiones ser notificado para seguir utilizando  en mi contra la herencia del de cujus, agradeceria me orientaran ¿que es lo que procede?



  • Autor
    Respuesta No: 250129

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Compañero:

    Solicite la habilitación de días y horas inhábiles para que se lleve a cabo la notificación correspondiente.

    De igual forma, solicite se autorice que Usted pueda acompañar al C. Actuario para indicarle el domicilio correcto.

    No sé como sea en Sonora, pero aqui en el D. F. si uno no lleva y trae al Actuario y le da para el refresco, siempre dicen que no encontraron el domicilio o que nadie salió a abrirle, así que le recomiendo hacer lo anterior, a efecto de que pueda dar continuidad a su trámite.

    Le envío un cordial saludo y cualquier cosa, estamos en contacto.



  • Autor
    Respuesta No: 251376

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Iliana:

    saludos, y disculpame no habia visto su respuesta, ya se le notifico al representante pero ya pasaron los tres dias que le dieron de plazo para presentar las actasde nacimiento de los tres herederos mas cercanos,

    voy a solicitar que se haga efectivo el apercibimiento de multa, pero me interesa la continuacion del procedimiento, si el representante aun cuando sea multado no presenta las actas de nacimiento de los tres familiares mas cercanos los cuales solo el puede dar esa informacion porque viven en Mexicali B. C.,

    ¿que me corresponde hacer para que continue el juicio sucesorio?

    le agradezco mucho la ayuda que me ha estado dando, saludos



  • Autor
    Respuesta No: 251536

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Iliana:

    ¿sera procedente solicitar nuevamente:

    "notificar al representante del de cujus, a fin de que en el termino de tres dias  exhiba los nombres domicilios y actas de nacimiento de los parientes mas cercanos del de cujus, con apercibimiento que de no hacerlo aplicar una multa de cincuenta veces el salario minimo."

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 251539

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puede solicitar que al no haber dado cumplimiento, se haga efectivo el apercibimiento y además se determine otra medida de apremio a fin de que cumpla con la determinación del Juez, como lo sería un arresto.

    De igual forma, solicite la intervención del DIF a efecto de que, en caso de no existir herederos, ésta pelee la herencia correspondiente y en su caso, pueda ser designada albacea de los bienes en caso de no existir beneficiarios.

    Saludos!!



  • Autor
    Respuesta No: 251541

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Iliana:

    creo yo, ya que no tengo la seguridad, que tiene sobrinos en Mexicali B;C.

    en este caso serian herederos ausentes



  • Autor
    Respuesta No: 251543

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pero como pueden ser reconocidos como tal si no hay nadie que denuncie su existencia??

    Usted tiene la presunción pero no la certeza de que así sea.

    Finalmente lo que Usted necesita es un representante de la sucesión para que le responda de sus adeudos y si lo que quiere es fregarse a la apoderada, también lo consigue, porque el DIF si pelea los bienes que le llegan a tocar...

    Si tiene forma de acreditar quiénes son los herederos, pues manifiestelo al Juez, pero de lo contrario, es difícil que sólo por suposición los llamen...

    Recuerde que el Juez no actúa de oficio...

    Saludos



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