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PENA PARA LESIONES MAYORES A 15 DIAS

  • Consulta : 101050
  • Autor : adsan2172_3_NR
  • Publicado : Lunes 07 de Febrero de 2011 06:09 desde la IP: 187.152.26.100
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • adsan2172_3_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Por favor necesito saber cuanto es el tiempo que podrian darle a mi papa  (76 años) quien tuvo una riña con mi hermana (28 años)  y en la cual al forsejear  (taladro) con ella segun para quitarselo  y  que no le siguiera pegando a el (el presenta 2 chichones en la cabeza lado izq. y atras)  ella termino con una cortada en el pomulo creo que izquierdo terminando ahi la pelea,  posteriormente ella se presento a levantar una demanda en contra de mi papa y no sabemos en q terminos la puso pero mi papa quiere presentarse a declarar, y no lo hizo anteriormente (viernes 5 de febrero del 2011)  porque es diabetico y se encontraba con el azucar muy alta y hoy q se siente mejor quiere ir.  No se que hacer tengo temor a q lo condenen a alguna pena mayor no se,  desconosco totalmente de leyes y me preocupa su emfermedad  y su edad. ¿ Podrian orientarme urge a el lo mata no saber que hacer y entra en panico a cada rato?.      

     

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  • Autor
    Respuesta No: 209132

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguida adsan

    Las lesiones que usted refiere dejan cicatriz perpetua en rostro y se les denomina públicas, porque se persiguen de oficio y el probable responsable no tiene el beneficio de la libertad provisional bajo caución o fianza

    Su Señor Padre es una persona de la tercera edad, con una enfermedad crónica degenerativa que altera sus nervios usted y su abogado deben acreditar que la lesión que presenta su consanguínea es producto de  la defensa de su señor padre al repeler una agresión real y puede ofrecer la prueba de descargo consistente en la Pericial Científica en Materia de Criminalística, relativo a la Posición Victima Victimarioy de mecánica de lesiones para determinar  el mecanismo de la contusión y determine que fue en defensa propia, y la pericial científica en medicina forense para determinar que el traumatismo facial directo con agente duro de borde irregular, son de los producidos en riña al estarse disando la posesión y dominio sobre el taladro

     Su padre no puede ser detenido al declarar no se preocupe pero debe estar asesorado y asistido por un profesional y evitar mayores problemas y a su vez querellarse por las lesiones que el presenta y la violencia sobre el por parte de su consanguínea

     En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx



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