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VIGENCIA CHEUQES
- Consulta : 100536
- Autor : ac.consultores_NR
- Publicado : Miércoles 02 de Febrero de 2011 19:25 desde la IP: 201.153.154.61
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Febrero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 208476
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Febrero de 2011 20:49 2011-02-02 20:49 desde IP: 189.136.195.43
Consultante:
De conformidad con el art. 181 de la Ley General de Titulos y Operciones de Crédito, los cheques deberán presentarse par su pago, en las siguientes fechas:
Artículo 181
Los cheques deberán presentarse para su pago:
I.- Dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su
expedición;
II.- Dentro de un mes, si fueren expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio nacional;
III.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos en el extranjero y pagaderos en el territorio nacional; y
IV.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos dentro del territorio nacional para ser pagaderos en el extranjero,
siempre que no fijen otro plazo las leyes del lugar de presentación.
El cheque lo puede cobrar a través de la vía ejecutiva mercantil.
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