- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 276997
- Autor : marcomcmlx
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1907
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4419
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 385485
-
Fecha de respuesta: Martes 15 de Septiembre de 2015 21:55 2015-09-15 21:55 desde IP: 189.134.172.102
El derecho se genera al momento en que dejes de cotizar.
Si dejas de cotizar apenas cumpliendo los 60, así solicites tu pension hasta los 65 años, el porcentaje sobre tu cuantía seguirá siendo de 75%.
Lo que puedes hacer es dejar de pagar pasados los 60 años y medio, entonces sí se te aplicaría ya el 80% sobre tu cuantía-
-
Autor