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  • Consulta : 265684
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 379664

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En favor de quién estaba decretada la pensión alimenticia que, ségún usted, cancelaron por convenio?

    Debe tener enconsideración que de conformidad con el artículo 318, del Código Civil del Estado de Tabasco, lugar que usted señala como el de su referencia, el derecho a recibir alimentos es irrenunciable y no puede ser objeto de transacción; por tanto, elconvenio que estipula una fecha para la cesación de la pensión alimenticia, sería nulo de pleno derecho, con independencia de que hubiera sido elevado a la categoría de cosa juzgada.