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- Autor : Lic.Marco Cuevas
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AutorRespuesta No: 377741
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Abril de 2015 04:43 2015-04-13 04:43 desde IP: 189.243.58.53
Si no ha habido hasta el momento, una demanda de por medio y por lo tanto, no ha habido una pensión fijada por la sentencia de un juez especialista en la materia...
Lo que sucederá, es que, le demandarán la pensión alimenticia del menor, usted, al contestar, dirá que ha dado lo que ha podido de alimentos durante equis tiempo, pero que por equis razones no pudo aportar ese mes, ya que blablabla.
Referirá usted sus ingresos y sus gastos, comprobandolo todo, refiriendole al juez cuanto y porque puede usted aportar de pensión, sin olvidar que debe de solicitar que se realice un convenio para poder ver a su/sus menores hijos, que se fije la guarda y custodia etc...
Así que, lo que debe de hacer, es conseguirse un abogado, y estar preparado para contestar la demanda de alimentos, reuniendo todo el caudal probatorio del que disponga y estar conciente de que estos juicios, si no hay un arreglo, pueden tomar tiempo.
Saludos.
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