- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 153349
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 268879
-
Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Mayo de 2012 10:45 2012-05-30 10:45 desde IP: 201.124.56.70
Cualquier persona que considere tener derecho a una herencia o que tenga interés, puede hacer la denuncia testamentaria o intestamentaria ante Juez de lo Familiar.
Si no tienen un testamento, el Juez ordenará se giren oficios al Archivo General de Notarias para que informe si existe alguna disposición testamentaria otorgada por el de cujus (finado), si la hay se estará a lo dispuesto por el autor de la sucesión y si no la hay, heredarán los legítimos herederos, es decir, los familiares más próximos.
Para lo anterior deberá exhibir ante el Juez del conocimiento, copia certificada del Acta de Defunción, como de las Actas de Nacimiento o Matrimonio que acrediten el entroncamiento con el finado.
Asimismo, deberá proporcionar los nombres y domicilio de las demás personas que puedan tener derecho a heredar, para que por conducto del Juzgado sean notificadas.
Asístase de Lic. en Derecho especialista en sucesiones, puede ser particular o de oficio.
Suerte!
-
Autor