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AutorRespuesta No: 267260
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Mayo de 2012 19:39 2012-05-19 19:39 desde IP: 187.159.232.22
Tendras qué contratar a un abogado licenciado en Derecho para llevar a cabo este procedimiento, el cual yo de entrada, te recomendaría que no hicieras, digo, según tus fechas te casaste cuando tenías ya 19 y ya pasaron otros 3 años, solicitaras al Juez, toda vez que fue pensión provisional, que fijara una definitiva y que te fuera entregada a TI. Pero bueno. ya estan casados y ahi la llevan, felicidades, es obligación de los cónyuges ministrarse alimentos y no debería haber una coacción por parte de la autoridad, sino que es una obligación que se contrae con la familia... y entonces deberás promover un desistimiento. Si no tienes recurso, acude con el Defensor de Oficio de ahi del Juzgado.
Por qué te dije que no lo hicieras? pues para que a tí te siga dando A FUERCITAS la cantidad de dinero, mas algo más, a la que lo han obligado estos años.
Saludos
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