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  • Consulta : 151813
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 267260

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Tendras qué contratar a un abogado licenciado en Derecho para llevar a cabo este procedimiento,  el cual yo de entrada, te recomendaría que no hicieras, digo, según tus fechas te casaste cuando tenías ya 19 y ya pasaron otros 3 años, solicitaras al Juez, toda vez que fue pensión provisional, que fijara una definitiva y que te fuera entregada a TI.  Pero bueno. ya estan casados y ahi la llevan, felicidades, es obligación de los cónyuges ministrarse alimentos y no debería haber una coacción por parte de la autoridad, sino que es una obligación que se contrae con la familia... y entonces deberás promover un desistimiento.  Si no tienes recurso, acude con el Defensor de Oficio de ahi del Juzgado.

    Por qué te dije que no lo hicieras?  pues para que a tí te siga dando A FUERCITAS la cantidad de dinero, mas algo más, a la que lo han obligado estos años.

    Saludos