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  • Consulta : 136965
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 252810

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los tíos y/o el abuelo ( si vive) deben denunciar e inciar el jucio intestamentario correspndiente.

    Tu no puedes " obtener las escrituras ", en la sucesión legitima hay grados de preferencia, que te excluyen.