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AutorRespuesta No: 251431
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Enero de 2012 16:24 2012-01-14 16:24 desde IP: 189.232.135.30
Estimado consultante:
Los salarios solo pueden ser embargados por pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente, como lo dice el maestro garovalo.
Y de acuerdo al art. 112 de la Ley Federal del Trabajo parrafo segundo, textualmente dice:
Los patrones no estan obligados a cumplir ninguna otra Orden Judicial o administrtativa de embargo. (a los salarios.)
Saludos.
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