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  • Consulta : 135380
  • Autor : calamarin
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    Respuesta No: 251431

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimado consultante:

     

    Los salarios solo pueden ser embargados por pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente, como lo dice el maestro garovalo.

    Y de acuerdo al art. 112 de la Ley Federal del Trabajo parrafo segundo, textualmente dice:

    Los patrones no estan obligados a cumplir ninguna otra Orden Judicial o administrtativa de embargo. (a los salarios.)

    Saludos.