Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 119813
  • Autor : CALIXTO
  • Consultas en Foro: 28
  • Respuestas en Foro: 938
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4418
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 231020

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Consultante:

    No soy abogado, pero conozco un poco de la Ley  General de Títulos y Operaciones de Crédito y  mi comentario es el siguiente:
    Primeramente  debes solicitar Al Banco  librado, que por tus comentarios entiendo que es Banamex,   que te anote al reverso del  cheque  las causas por las se niega a pagarte el importe del mismo. (protesto del  documento),  para que en base a dicha anotacion puedas tomar las acciones que corresponda.

    Te doy a conocer también lo dispuesto por los artículos 181,184  y 185 de la Ley  General de Títulos y Operaciones de  Crédito, a fin de que los tomes en cuenta en las acciones que tomarás.

    Artículo 181 Los cheques deberán presentarse para su pago :.

    I.-Dentro de los quince dias naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición.

    Artículo 184 párrafo segundo: Cuando sin causa justa se niegue el labrado a pagar un cheque, teniendo fondos suficientes del librador, resarcirá a éste los danos y perjuicios  que con ello le ocasione. EN NINGUN CASO LA INDEMNIZACIÓN  será menor al 20% del  valor del cheque.,,

    Artículo 185 Mientras no  hayan trascurrido los plazos  que establece el artículo 181, el librador no puede revocar el cheque ni oponersse a su pago. La oposición o revocación  que hiciere en contra de lo dispuesto en este artículo, no producirá efectos respecto  del librado sino después de que transcurra el plazlo de presentación.Saludos y suerte.

    Dudas, consulta a un abogado.

    Saludos y suerte. Calixto.