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  • Consulta : 119813
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 231004

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    Usted puede perfectamente iniciar un juicio ejecutivo mercantil en contra del librador del cheque. Y aunque Usted menciona que el cheque contiene la leyenda para abono en cuenta del beneficiario, y tal leyenda tiene los mismos efectos que la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito atribuye al cheque cruzado,  ES ABSOLUTAMENTE INEXACTO que el "cheque cruzado no se puede ser cobrado por vía judicial". 

    En tales condiciones le recomiendo que consulte a un abogado, no coyote, no tinterillo, a efecto de que, por la vía ejecutiva, se obtenga el embargo de bienes suficientes propiedad del deudor para garantizar el importe de dicho cheque, sin perjuicio de que, presente Usted una denuncia penal por el delito de fraude específico, para lo cual le son de mucha utilidad los contrarecibos de facturas que entregó a su deudor, y con las cuales se acredita que el cheque solo es un instrumento más del que se ha valido el deudor para engañarlo, haciéndole creer que le pagaría los servicios contra la presentación de las facturas correspondientes. Esto es importante, porque los elementos normativos del delito de fraude específico mediante la expedición de un título de crédito son contrarios a cualquier convención de tipo crediticia, es decir, siempre será necesario descartar que, como negocio subyacente o causal de dicha expedición en realidad existió una operación de crédito.

    Saludos cordiales.