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LIQUIDACION LABORAL INJUSTA
- Consulta : 263941
- Autor : maruma22_NR
- Publicado : Domingo 26 de Abril de 2015 16:19 desde la IP: 189.204.167.136
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 26 de Abril de 2015
Estado de Referencia: Baja California
despues de trabajar 21.4 años para una empresa acerera me despiden por recorte de personal de acuerdo a lo explicado por el representante legal de la empresa. no tienen queja absoluta de mi desempeño pero por asi convenir a los intereses de la compañia me despiden. al hacerlo no me dan absolutamente ningun papel en donde conste lo que me dicen. quedan de enterados y testigos algunos compañeros y guardias de la empresa que ven salir.
despues de dos citas conciliatorias me ofrecen un monto total de liquidacion aproximado de $130.000.00 (ciento treinta mil pesos). me deben vacaciones. ..
mi sueldo mensual es de $22.000.00. definitivamente creo esto no es justo este monto que me ofrecen. por favor alguien me puede dar un calculo de lo que por ley me corresponde...y si la empresa como estrategia me quisiera regresar a mi puesto de trabajo y si yo no lo deseo, esta obligada a pagarme? el juicio que tiempo tiene para resolverse?
de antemano agradezco su atencion y respuesta.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 378589
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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Abril de 2015 16:51 2015-04-26 16:51 desde IP: 187.176.101.171
De acuerdo a la antigüedad y salario que menciona, lo que le corresponde conmotivo de un despido injustificado son las siguientes prestaciones:
3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional $ 66,000.00;
12 días de salario por cada año de servicios prestados o parte proporcional (21.4 x 12= 256 días), los que se pagan no con el salario real, sino con el doble del salario mínimo general del área geográfica en que se prestó el servicio, en el caso, Baja California pertenece al área geográfica "A", por lo que el doble de ese mínimo es de $ 140.20: $ 35,891.20;
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios prestados (18 días $ 13,200.00), más el 25% de prima vacacional ($ 3,300.00) $ 16,500.00.
Aguinaldo proporcional 2015 (1.25 días por cada mes trabajado) $ 4,400.00
TOTAL $ 122,971.20
Se hace la aclaración que en el cálculo de las prestaciones de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, se parte de los mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo; si en la empresa esas prestaciones se conceden en mayores porcentajes, las cantidades serán superiores; lo mismo, si disfruta de prestaciones extralegales no mencionadas.
Como puede observar, con independencia de que su despido haya sido injustificado, el patrón le está ofreciendo una liquidación al 100%.
Si a pesar de ello, usted no acepta lo que le ofrecen y opta por continuar el juicio, y el patrón, al contestar la demanda, niega el despido y le ofrece la reinstalación en las mismas condiciones en que venía prestando su servicio y no existe alguna cuestión que permita determinar que tal ofrecimiento es de mala fe; entonces se revierte la carga de la prueba, y usted es quien tendrá que acrediar que efectivamente lo despidieron, y si no lo hace, entonces el laudo podrá ser contrario a sus intereses.
Ciertamente, la aparente ventaja sería que, acreditando usted el despido, la empresa sería condena a pagar los salarios caídos hasta por 12 meses ($ 264,000.00); sin embargo, todo juicio conlleva un riesgo y en el caso suyo, es de perder, además de que todo el trámite, seguramente tardará varios años para que se resuelva en definitiva.
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