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DESPIDO POR QUIEBRA DE NEGOCIO
- Consulta : 282373
- Autor : carlosgugc
- Publicado : Viernes 14 de Abril de 2017 23:23 desde la IP: 187.188.23.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,620
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 14 de Abril de 2017
Hola buenas noches, tengo una pregunta, si se tiene un negocio familiar el cual no esta registrado en hacienda ni dados de alta en el imss tanto el negocio, patrón y empleado y el negocio cerro por malas ventas es decir quebró, por lo cual tuvo que despedir a su empleada, mencionando que no existe contrato con el empleado, mi pregunta es con cuanto se le tiene que liquidar si en este caso por el motivo ya mencionado que cerro el negocio se le paga lo correspondiente a aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y mi principal duda si se le paga indemnización por la quiebra del negocio. Espero su respuesta Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 393936
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Abril de 2017 11:06 2017-04-17 11:06 desde IP: 189.180.195.216
haya quiebra.... eso no existe ....estudiante.... o no haya quiebra,,,, se le le dan todas las prestaciones.... indemnización constitucional .... parte proporcional de aguinaldo... vacaciones... prima vacacional... y prima de antiguedad... equivalente a 12 dias de salario por cada año de servicios prestados y la proporcional... mas los salarios adeudados... las empresas no quiebran... las familias menos...
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