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EXHORTO
- Consulta : 285445
- Autor : Janevm22
- Publicado :
Lunes 21 de Enero de 2019 17:11
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 21 de Enero de 2019
Que sucede se envía un exhorto al estado de Querétaro, pero no se puede emplazar al demandado ya que el actuario dice que nadie sale en el domicilio y no hay vecinos, que debería hacer solicitar se devuelva el exhorto al juzgado de origen o alguna otra acción en el juzgado exhortado ayuda por favor
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 399304
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Enero de 2019 21:26 2019-01-22 21:26 desde IP: 189.180.185.72
tu abogado sabe que hacer... es un exhorto... y se debe diligenciar... sin ese acto... el juez de queretaro... lo remitirá de regreso al de origen...
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Autor
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AutorRespuesta No: 399311
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Enero de 2019 16:37 2019-01-23 16:37 desde IP: 201.175.156.234
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Autor
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AutorRespuesta No: 399319
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Enero de 2019 21:27 2019-01-24 21:27 desde IP: 189.216.180.113
si aun se encuentra en el juzgado promueve que se vuelva a habilitar en dia y horas inahabiles, y si ya se regreso entonces promueve de nueva cuenta la elaboracion del mismo y solicita la habilitacion de dias inahabiles para poder emplazar o notificar.
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Autor
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AutorRespuesta No: 399322
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Enero de 2019 22:01 2019-01-24 22:01 desde IP: 201.152.24.211
Para la practica de un exhorto es conveniente que el Abogado acompañe al Actuario a la diligencia, o contratar Abogado en el lugar donde se giro el exhorto para los mismos efectos, y asi dar agilidad a la pretensión, considerando los gastos que generaria uno u otro caso y decidir Usted que es mas conveniente, de acuerdo a su economia.
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Autor
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AutorRespuesta No: 399327
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Enero de 2019 06:21 2019-01-25 06:21 desde IP: 201.141.9.230
Se debe habilitar al juez para poder diligenciar ese exhorto, asimismo, deberán acompañar al actuario para realizar la diligencia, nosotros podemos apoyarle en esa entidad.
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