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NUEVA LEY DE ASOCIACIONES PúBLICO PRIVADAS. ¿UN ESTADO DEPENDIENTE DEL CAPITAL PRIVADO?
- Autor : Victormiaz
- Fecha : Jueves 22 de Diciembre de 2011 05:58
- Tipo de Usuario :
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Dionisio Pérez-Jácome Friscione
21 dic 2011
El Senado de la República aprobó la ley de Asociaciones Público Privadas (APP) enviada por el Presidente Felipe Calderón. Este nuevo instrumento jurídico nos permitirá contar con un marco legal más sólido en materia de este tipo de asociaciones, impulsará mayores inversiones y, de manera destacada, dará mayor certidumbre en la realización de proyectos que involucren la participación conjunta de los sectores público y privado.
Los dos objetivos fundamentales de esta ley son, por una parte, contribuir con el aumento del bienestar social y, por otra, incrementar los niveles de inversión en México.
La nueva ley constituye un instrumento jurídico integral que impulsará la construcción de nueva infraestructura, así como proyectos tecnológicos y de innovación que se orienten al aprovechamiento de oportunidades que contribuirán al desarrollo económico de las regiones, de las entidades federativas y de los municipios, así como al incremento de la productividad y competitividad de los sectores productivos y de servicios.
Asimismo, permitirá una mejor solución de controversias. Así, cuando las partes no logren un acuerdo, esta nueva ley crea la figura del Comité de Expertos para resolver diferendos de naturaleza técnica y económica.
Este nuevo ordenamiento jurídico regulará también los esquemas de asociación de largo plazo entre instancias del sector público y el privado para el desarrollo de proyectos de infraestructura provista total o parcialmente por el sector privado.
Los esquemas de asociación público-privada pretenden satisfacer las necesidades de la colectividad, con la participación conjunta del sector público y el sector privado, procurando una transferencia equitativa de riesgos entre uno y otro, a través de mecanismos flexibles, y que se traducen en una gran variedad de modalidades, según las necesidades de cada proyecto.
Así, algunos de los mayores beneficios de esta nueva ley serán:
La creación de incentivos para atraer tecnología de punta, capacidad empresarial, en ocasiones recursos privados a proyectos públicos, así como mejorar el desempeño de los proyectos.
Mayor seguridad y certeza jurídica tanto para los particulares interesados como para los servidores públicos que intervengan en el desarrollo de estos proyectos que, por su naturaleza, requieren de largos períodos de maduración y desarrollo.
Avance a un ritmo más acelerado en la construcción de la infraestructura que nuestro país requiere.
Promover inversiones sin precedentes para proyectos carreteros, ferroviarios, portuarios y de aeropuertos que, además de los beneficios de cada proyecto en particular, generarán empleos directos e indirectos en todo el país.
Por la experiencia que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha tenido en la formación de asociaciones público-privadas, como los Proyectos de Prestación de Servicios (PPS) y Aprovechamiento de Activos, y por los buenos resultados obtenidos, confiamos que esta nueva Ley brindará un nuevo dinamismo al desarrollo de infraestructura, así como a las actividades productivas y de investigación científica y tecnológica.
Esta es la explicación sobre la Ley de Asociaciones Publico Privadas por parte del gobierno. Hay que ver las experiencias en Canadá, Argentina y otros Estados. Apenas he bajado esta ley para su estudio. Compañeros abogados los invito a poner su capacidad juiciosa para hacer un análisis jurídico de esta ley sus implicaciones, según su leal entender. La ley la pueden encontrar en el Blog de la Presidencio o en la pagina del Senado de la Republica. Pueden buscar como antecedentes para su reflexion los casos de los Estados que ya mencione. Por mi parte estaré dando mi parecer este fin de semana.
Víctor Hugo Míaz Serrano
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