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SOLICITAR VER A MI HIJO

  • Consulta : 2176
  • Autor : DARRIAGA
  • Publicado : 2013-03-19 19:29 desde la IP: 189.137.4.84
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 8,464
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  • Autor
    Consulta

  • DARRIAGA
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes quisiera saber que puedo hacer para poder hacer que mi hijo me den mis apellidos, y yo poder pasar al igual su pensión alimenticia, la mama de mi hijo es casada y lo tuvimos dentro de su matrimonio con mentiras el año pasado los veia los fines de semana argumentandome que su esposo sabia, al inicio de año el se entera y me prohiben ver a mi hijo alegandome el que ya esta registrado y no me dejan verlo que puedo hacer para que yo pueda ponerle mis apellidos y verlo.

    Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2933

  • RODRIGUEZGON
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    No puedes hacer nada, ya que no puedes alegar la paternidad de un hijo cuando  la mujer se encuentra en matrimonio con otra persona.

    No existe la posibilidad que demandes, para el caso que algun juez aceptara dicha demanda, en la cual debes de llamar a juicio a su tutor del menor, al papá y a la mamá, los cuales seguramente se excepcionaran por la falta de acción y de derecho y dicha demanda no prosperara.

     

    Como le harias para probar que eres el padre, ¿crees  que la mamá va a aceptar que tuvo un amante?.

     

    deja a esa mujer que viva en paz, no le destroces su matrimonio.   



  • Autor
    Respuesta No: 2934

  • DARRIAGA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    pero su esposo ya lo sabe y pues por prueba de adn se podria solicitar a un juez?, lo que quiero es hacerme responsable de mi hijo



  • Autor
    Respuesta No: 2984

  • bfyp
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Inicia juicio de reconocimiento de paternidad, independientemente de que esté casada, ese menor es tuyo por lo tanto, tiene derechos, el principal es conocer a su padre biológico, alimentos, visitas y convivencias, no puedes condenarlo a vivir engañado con una persona que no es su padre, romperás su matrimonio, pero es lo justo, si estuvo contigo es poque no está del todo bien su matrimonio, el menor no tiene la culpa de las acciones de sus padres. El juez una vez que tenga la prueba de adn y salga positiva a tu favor, te dará los derechos.



  • Autor
    Respuesta No: 2985

  • RODRIGUEZGON
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Es falso no puedes demandar la paternidad de un menor cuando sus padres (pues asi se desprende del acta de nacimiento de dicho menor), se encuentran casados, esa es una excepción que interpondran y no la podras destruir, nunca prosperaría dicha demanda, es mas como ya te lo mencione, el juez ni siquiera le dara entrada a tu demanda, no puedes demandar.

    Diferente sería que la mamá no estuviera casada, o por lo menos que en tu demanda alegaras que ese matrimonio tenian mas de un año separados y que durante ese tiempo sostuviste una relación con esa mujer, pero por lo que narras sostuviste la relación con esa mujer cuando ella estava con su marido.

    No puedes ganar ese juicio. 



  • Autor
    Respuesta No: 2986

  • SERGIO GONZALEZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Darriaga. El caso que tu expones, es un caso que para poderte ayudar apropiadamente debes de proporcionar un poco mas de informacion. como por ejemplo que edad tiene el menor que dices que estu hijo, donde nacio , la relacion con la mama donde empezo , etc.  y que pruebas reales ( testigos, documentos , etc) aportarias para ser presentadas en un juicio. Asimismo si el menor esta registrado aportar la documentacion del menor para saber cirta informacion fundamental para estudiar tu caso y ver la posibilidad de poderte ayudar legalmente y como se debe..  Y si la relacion con la mama paso cuando estaba casada o viviendo con su pareja, entonces hay ciertas circunstancias que estarian a favor de la mama que efectivamente afectarian un juicio. Espero tu respuesta ! Saludos !.



  • Autor
    Respuesta No: 2988

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    hola buenas noches mira debes de demandar un reconcimiento de paternidad y el juez familiar va a ordenar los estudios de adn es lo unica via que te puede dar el derecho de que tu hijo lleve tus apellidos y goce de una pension alimenticia que tu le darias y que puedas convivir con el cualquier duda estoy a tus ordenes en los telef. 55829411 36198407 monica delgado a. en la ciudad de mexico d.f.



  • Autor
    Respuesta No: 3029

  • Ferrer Patricia
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    usted puede iniciar un juicio de reconocimiento de paternidad ofreciendo la prueba pericial en adn. mi correo es ferrerjuridico y mi cel e 04455 2844 0070 para cualquier duda. a sus ordenes



  • Autor
    Respuesta No: 3052

  • Ferrer Patricia
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    debe iniciar un juicio sobre paternidad, llámene. Cuente conmigo, estoy en mexico, mi telefono es 04455 2844 0070, podemos hacer algo, llameme, Lic.  Patricia Ferrer



  • Autor
    Respuesta No: 3061

  • Lic. Gallardo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Quiciéra que disculparan que la opinión que abono a la presente consulta sea del todo contradictoria con el resto de los foristas por lo siguiente y me explico:

    Primera de cuentas sobre los derechos inalienables de los niños cuyo estatus se encuentra reconocido por diversos tratados internacionales los niños tienes derecho a la vida y como consecuencia después de nacido tiene derecho a un nombre, etc....

    Efectivamente el menor del consultante tiene derecho a un nombre el cual le da identidad al menor como derecho inalienable y eso ni un solo juez podría negarlo.

    Segundo el juicio a seguir ante un juez del orden de lo familiar no es el de RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD ya que el juicio correcto es el CONTRADICCIÓN DE PATERNIDAD, lo anterior se establece en virtud de que esta acción compete al papa biológico en contra de el padre legítimo y consiste precisamente en contradecir la paternidad que se encuentra reconocida civilmente y efectivamente la prueba idónea ya que algunos juristas nombran como prueba reina seria la de genotipia o genética molecular o ADN.

    Y tercera, el consultante deberá de acudir con un abogado que se especialice en Derecho Familiar.

     

    SALUDOS.......



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