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SENTENCIA TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

  • Consulta : 939
  • Autor : JulianEGO7
  • Publicado : 2016-04-12 12:15 desde la IP: 187.221.91.40
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,178
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  • Autor
    Consulta

  • JulianEGO7
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Buenos días, el día de ayer recibí en mi domicilio la sentencia de un juicio de nulidad en contra de una resolución emitida por PROFECO, en la que se declara la nulidad de la resolución impugnada, sin embargo en el documento no hace mención cuál es el procedimiento a seguir después de la sentencia, para hacer constancia de la nulidad de la resolución como medio de defensa en caso que regrese la autoridad sancionadora, siendo en este caso PROFECO a demandar el pago de la multa impuesta en la resolución administrativa de origen, así como también no recibí algún escrito adjunto en el que dictara las acciones a proceder después de dictada la sentencia. No sé si tengo algún plazo para solicitar dicha constancia o certificación que respalde la sentencia antes del cierre del expediente, en caso de que sea necesario un documento como medio de protección, agradeceré mucho el tiempo y atención que me puedan brindar para informarme.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1719

  • BV&M
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado Julian EGO7: La resolución de nulidad debe ser notificada por la Sala Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Lo que te sugerimos es que tengas a la mano el original y copia de tu resolución por si en algún momento, previo a que sea notificada la autoridad demandada, ésta se presenta a ejecutar la multa puedas acreditar que el juicio ha concluido y que se ha determinado la nulidad de la resolución. Te sugerimos también estar atentos de cualquier recurso que pudiera presentar la demandada en contra de dicha resolución. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 1726

  • Diego_V
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo que necesitas es copia certificada del acuerdo que declara firme la sentencia el cual previo a revisar el expediente podrás solicitar ante la misma sala, ya que algunas autoridades olvidan que no interpusieron recurso o que habiéndolo hecho lo perdieron, ahora no hay propiamente un trámite ya que hasta donde entiendo no estas solicitando la devolución de un pago realizado.



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