Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 5037
  • Autor : LIC.JORGERAMFLOW
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 2
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 6169

  • LIC.JORGERAMFLOW
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, claro que puede ejercer dicha accion, incluso hay jurisprudencia que le puede beneficiar, solo hay que averiguar a nombre de quien esta el inmueble en el registro publico de la propiedad