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  • Consulta : 283706
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 397143

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De ninguna manera. Usted debe constituir una IAP Institución de Asistencia Privada, que nada tiene que ver con una A.C.

    Para ello debe acudir a la Junta de Asistencia Privada de su Estado para que le orienten en la forma en que debe constituirse.