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AutorRespuesta No: 396013
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Septiembre de 2017 14:31 2017-09-20 14:31 desde IP: 189.216.142.20
Olaguez, su respuesta número 395891 ni al caso, cuenta habida que es un coheredero quien esta en posesión del inmueble al cual se le debe respetar su garantía de legalidad y audiencia, de seguir el consultante su consejo lo mas probable es que el juzgado acuerde "pídalo conforme a derecho" palabras mas palabras menos. En todo caso debe ser a través de un incidente y no una simple promoción como usted sugiere.
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