Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 283199
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 395907

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pos se entiende que no tiene porque ponerlo en posesión de nada... sino que es parte de la cuarta sección... la de partición de la masa hereditaria... y adjudicación... hasta ese momento... si no se queda con el o lo paga... se vende...