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  • Autor : polo
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  • polo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Reciban cordiales saludos todos los colegas que participan en este GRAN FORO: Colegas este tema es mucho muy INTERESANTE y además un poco COMPLICADO, aclarando que RESPETO las opiniones vertidas a este tema. Bueno, efectivamente y también está medio oculto el TRUCO en la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 58 ojo con el 59 que a la letra dice: El patrón y el trabajador fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder de los máximos legales. Su primer párrafo dice: Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente......... Ahora bien en la propia Ley nos habla de lo que es la JORNADA continua que es la LEGAL de OCHO HORAS, pero la misma parte PATRONAL abusa del artículo 59 al tratar de IMPONER para su conveniencia una JORNADA DISCONTINUA (alejado de la realidad social y las normas de trabajo) misma que presupone que el trabajador por el simple hecho de tomar una hora de alimentos fuera de la fuente de trabajo se "AUSENTA" y no estará bajo la subordinación de la patronal en ese lapso (por dios ! !) es decir puede "retirarse" hacer otras cosas personales para mí, que esto no quiere decir que sea discontinua por el simple hecho de que el trabajador pueda "retirarse de la fuente de trabajo". Pero la misma jurisprudencia también lo contempla como ilegal INCLUSO en esa jurisprudencia dice que entonces bastaría que el patrón le diera 31 minutos al trabajador para tomar su reposo y/o sus alimentos para considerarla DISCONTINUA ya que la propia Ley laboral señala los 30 minutos reglamentarios dentro de la jornada legal de labores. Bueno les comentaba del TRUCO. Cuando se ha visto que entre el patrón y el trabajador fijen la jornada de trabajo, eso es mentira, el patrón la IMPONE o no? entonces el patrón SORPRENDE al trabajador diciéndole que su jornada laboral será de las 8:00 am a las 5:30 pm, de lunes a viernes de cada semana y los días sábado de cada semana de las 8:00 am, a las 2:30, que en total son 54 horas semanales, claro, rebasando en exceso la jornada, y además cuenta con UNA HORA para tomar sus alimentos FUERA de la fuente de trabajo, con lo antes citado el patrón le dice "la hora no tienen porque pagarla pues esa hora no labora" Ahora bien si quitáramos las SEIS horas de comida semanal nos da como resultado las 48 horas. Notan el TRUCO? la disfrazan como jornada DISCONTINUA que no es CIERTO pues la propia jurisprudencia dice que para que sea discontinua DEBERÁ DE SER MAYOR a una hora. la jurisprudencia que les cito lleva por titulo: "DESCANSO DE MEDIA HORA EN JORNADA CONTINUA. DEBE SER COMADO DENTRO DE ÉSTA PARA QUE EL OFRECIMIENTO DE TRABAJO QUE SE HAGA CON EL MÁXIMO LEGAL SEA CALIFICADO DE BUENA FE.", Claro hay que leerla para mejor entenderla. Para concluir si lo están explotando pero DESGRACIADAMENTE así son los patrones, ahora también es necesario saber que es lo que desea el CONSULTANTE seguir trabajando o demandar su pago extraordinario (es complicado, o trabajas o trabajas) Saludos todos los participantes y mis reiterados RESPETOS. CREO QUE ME EXTENDÍ UN POCO. Pero es tema INTERESANTE.